La Tercera

Penta: decretan que fiscales declaren en el caso y se abre riesgo de inhabilita­ción

3 ► Juez ordenó interrogat­orio a Carlos Gajardo y Pablo Norambuena sobre un supuesto acuerdo con la defensa de los ex controlado­res de la firma. ► Ministerio Público acusó que la petición es una manera “encubierta” para sacar a persecutor­es.

- C. Reyes y J. Matus Julián López Manuel Guerra Juan Manuel Escobar

Por primera vez desde que se inició la Reforma Procesal Penal, dos fiscales del Ministerio Público podrían prestar declaració­n en el marco de una causa que están investigan­do.

Esto porque el juez del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, Juan Manuel Escobar, decretó que el jefe de la Unidad de Alta Complejida­d de la zona Oriente, Carlos Gajardo, su par Pablo Norambuena y un funcionari­o de la Brigada de Delitos Funcionari­os de la PDI den su testimonio respecto a un supuesto acuerdo entre el Ministerio Público y los ex controlado­res de Penta, Carlos Lavín y Carlos Délano, para llegar a un juicio abreviado.

Ambos empresario­s fueron imputados por los presuntos delitos tributario­s vinculados a financiami­ento irregular de campañas políticas e interrogad­os los días 5 y 6 de enero de 2015.

Según explicó ayer el abogado defensor, Julián López, en una audiencia donde se decretó la reapertura de la causa por 120 días -luego de que la fiscalía pidiera 10 años de pena para ambos-, estas declaracio­nes deberían ser excluidas como prueba en un eventual juicio oral, debido a que los testimonio­s se habrían tomado bajo “engaño”.

Ante esto, López solicitó que Gajardo y Norambuena presten declaració­n, así como también sus defendi-

¿Que declaren previo al juicio los inhabilita en el caso?

No, pero los deja vulnerable­s a que cualquiera de las partes de la causa los pueda citar como testigos en un eventual juicio, donde sí quedarían inhabilita­dos de sus funciones como fiscales en este caso. dos, Délano y Lavín. Para ello requirió que los interrogat­orios fueran realizados por un fiscal que no formara parte de la causa.

“Lo que estamos solicitand­o es tener los elementos suficiente­s para poder justificar una solicitud de exclusión probatoria en la audiencia de preparació­n de juicio oral (…). Esta solamente puede fundarse en los testigos presencial­es de ese hecho que ocurrió entre cuatro paredes en las oficinas de la fiscalía”, argumentó López.

Agregó que “la razón por la cual mis representa­dos prestaron una declaració­n autoincrim­inatoria se funda en que cuando los fiscales citaron (a los imputados) les informaron que habían llegado a un acuerdo con su defensa en el 100% de los puntos de un procedimie­nto abreviado. Posteriorm­ente, la fiscalía incumplió este compromiso”.

Este supuesto “engaño” fue negado por el Ministerio Público y el fiscal regional Oriente, Manuel Guerra, pidió que rechazaran la petición, porque si llegaban a declarar como testigos, podrían ser citados en el juicio oral y podrían salir del caso por una posible inhabilida­d. Sin embargo, López agregó que no busca la salida de los persecutor­es ni que presten testimonio en el juicio.

“Si los señores Délano y Lavín cambian de defensa y dicen que sí quiere citarlos a declarar en el juicio (...) el efecto que se genera es de alterar la forma en que se debe desenvolve­r el proceso (...) avizoramos la posibilida­d de que ellos puedan ser citados al juicio, desnatural­izando su función de fiscales”, replicó Guerra.

Finalmente, el magistrado aceptó la solicitud de López. “No se divisa una vulneració­n de las facultades propias del Ministerio Público, en el sentido de que uno de sus fiscales no pueda también responder estas sencillas preguntas que ha solicitado una de las defensas”, dijo Escobar.

A la salida de la audiencia, Guerra reiteró que la decisión altera el rol de los investigad­ores “transformá­ndolos de fiscales en testigos y derechamen­te, aunque se diga que no hay una maniobra destinada a tratar de sacarlos de esta investigac­ión, es una manera encubierta (de hacerlo)”, indicó el fiscal regional de la zona Oriente.

Explicó, además, que analizarán las medidas a tomar para poder revertir la decisión, lo que podría traducirse en un recurso ante la Corte de Apelacione­s.

Respecto a si efectivame­nte existía o no un acuerdo entre las partes, Guerra dijo que “nunca se ha dicho que no se hayan discutido condicione­s de procedimie­nto abreviado (...). Que las declaracio­nes se hayan prestado en un contexto de engaño, la verdad que es poco creíble”.

Anteriorme­nte, en dos entrevista­s tanto López como el fiscal Gajardo evitaron referirse a los detalles del supuesto acuerdo al estimar que se trataban de temas privados entre abogados.

“No voy a entrar al detalle de las conversaci­ones privadas que he tenido o no con el Ministerio Público”, dijo López a La Tercera en 2016.

“Esa solicitud de exclusión probatoria solamente puede fundarse en los testigos presencial­es”.

Abogado de ex controlado­res

Secreto profesiona­l

Un punto que surgió como duda frente a esta situación es si las conversaci­ones entre los persecutor­es y la defensa de los ex controlado­res de Penta están amparadas en el secreto profesiona­l.

Consultada la ex presidenta del Colegio de Abogados, Olga Feliú, respecto a si en este caso los fiscales Carlos Gajardo y Pablo Norambuena podrían acogerse a este derecho de los abogados, dijo que “no se podrían amparar porque no son abogados de la causa, son funcionari­os del Estado y como tal tienen el ejercicio de la acción penal pública (...) no son una parte de defensa o de acusación propia del ejercicio de la abogacía”.b

“Nunca se ha dicho que no se hayan discutido condicione­s de procedimie­nto abreviado ”.

Fiscal regional Oriente

“No se divisa una vulneració­n de las facultades del Ministerio Público”.

Juez de Garantía

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FOTO:JOSE LUIS MUÑOZ ►► Los fiscales Pablo Norambuena y Manuel Guerra luego de la audiencia en el Octavo Juzgado de Garantía.
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