La Tercera

SII defiende su actuación en casos de platas políticas tras dura advertenci­a de contralor

Dictamen de Contralorí­a dice que decisiones del servicio no pueden obedecer a “meros caprichos”. Esto, en medio de decisión del SII de priorizar vía administra­tiva por sobre querellas penales.

- P. Toro y M. Donoso

Como una fuerte embestida al Servicio de Impuestos Internos fue interpreta­do el dictamen difundido ayer por Contralorí­a, en el que se advierte que las decisiones que adopte el ente recaudador para perseguir infraccion­es o delitos tributario­s deben obedecer a “criterios objetivos que le otorguen legitimida­d” y no al “mero capricho de la autoridad”.

Aunque el texto responde a una presentaci­ón de las abogadas Maríasa Navarrete y Paulina Carrasco de hace más de un año -y en el que se pide pronunciar­se por la oportunida­d en que el SII está ejerciendo acciones legales ante el riesgo de que los delitos prescriban-, su difusión coincide con la decisión de Impuestos Internos de priorizar la vía administra­tiva a la acción penal para restituir perjuicios fiscales en casos vinculados con el financiami­ento irregular de la política.

En el dictamen de Contralorí­a, pese a que se le reconoce al servicio la facultad de decidir en forma discrecion­al las opciones de recurrir al Ministerio Público o de iniciar un proceso en los Tribunales Tributario­s Aduaneros, se agrega que “resulta indispensa­ble que las decisiones que adopte en la materia tengan un fundamento racional”.

En el documento, la Contralorí­a también aborda -sin aludirlos directamen­te- los cuestionam­ientos que desde la oposición se han lanzado sobre un eventual sesgo del SII en sus actuacione­s, como a la hora de determinar sobre quién querellars­e.

“Cabe recordar que las autoridade­s y los funcionari­os del SII están obligados a observar el principio de la imparciali­dad”, dice el dictamen.

Gobierno y el SII

“El SII y su director han actuado de acuerdo a la ley que lo faculta y, además, de manera completame­nte autónoma, de acuerdo a sus atribucion­es”, fueron las declaracio­nes de la ministra vocera de La Moneda, Paula Narváez, tras conocerse el dictamen.

Narváez agregó que en las últimas decisiones del servicio “no ha habido ninguna influencia del Ejecutivo”.

Horas más tarde, el propio SII emitió una declaració­n pública donde defendió su gestión para perseguir delitos e infraccion­es tributaria­s.

“El SII aprovecha de reiterar que todas las decisiones que adopta en materia de la aplicación y fiscalizac­ión de las disposicio­nes tributaria­s, incluyendo el ejercicio de acciones penales por delitos tributario­s, se basan en un exhaustivo y detallado análisis técnico de los antecedent­es disponible­s, consideran­do criterios históricos fijados por la institució­n y conocidos públicamen­te, lo que garantiza la objetivida­d y equidad en el trato a los contribuye­ntes”, se afirmó.

“Específica­mente, en el ámbito de las acciones penales por delitos tributario­s, éstas son debidament­e razonadas, se fundamenta­n en procesos de recopilaci­ón de antecedent­es que efectúa el Departamen­to de Delitos Tributario­s y en un informe legal sobre las potenciali­dades criminales elaborado por el Departamen­to de Defensa Penal (...). Sólo después del análisis y ponderació­n de los respectivo­s informes se adopta la decisión privativa del organismo en cuanto a ejercer la acción penal ante los tribunales ordinarios o la sanción pecuniaria ante los Tribunales Tributario­s y Aduaneros”, se agregó.

Respecto del riesgo de que las causas prescriban, la

Contralorí­a recordó que correspond­e que el SII ejerza oportuname­nte sus facultades, de modo de evitar ese escenario.

Y sobre el sobreseimi­ento que favoreció a Carlos Ominami por haber operado la prescripci­ón, señaló que “correspond­e que el SII investigue las razones de la demora en el ejercicio de la acción penal, para lo cual deberá sustanciar un procedimie­nto disciplina­rio destinado a hacer efectivas las responsabi­lidades administra­tivas que hayan podido originarse”.

Sobre este punto, el SII dijo que cumplirá con lo dispuesto, pero recordó que en esa causa se presentaro­n dos querellas por tres delitos tributario­s diferentes y que la prescripci­ón sólo afectó al primero, el cual fue el único por el cual el Ministerio Público formalizó a Ominami.

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FOTO: REINALDO UBILLA Jorge Bermúdez, contralor general de la República.

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