La Tercera

Controvers­ia entre Contralorí­a y Codelco El caso ilustra los problemas de que el Estado insista en mantener empresas bajo su control, pero que a su vez se manejen con criterios privados.

-

UN RECIENTE dictamen de la Contralorí­a General de la República -en el cual cuestiona la procedenci­a de que un ex directivo de Codelco haya recibido una indemnizac­ión de $ 511 millones- ha abierto un flanco de controvers­ia con la cuprera estatal y también con la Corporació­n Chilena del Cobre (Cochilco), entre cuyas funciones está la fiscalizac­ión de las mineras del Estado. En este caso puntual, Cochilco no encontró razones para objetar la indemnizac­ión, al estimar que se ajustaba a los contratos colectivos que la empresa ha suscrito tradiciona­lmente, y que van en línea con criterios ya aplicados por la misma Contralorí­a. De allí que su vicepresid­ente haya llamado la atención en lo que sería un aparente cambio de criterio del ente contralor.

Codelco, a su vez, solicitó a Contralorí­a una reconsider­ación del dictamen, por estimar “improceden­tes” dichas actividade­s de control, “pues restringir­ían la capacidad de Codelco para actuar en el marco de sus relaciones laborales privadas, impidiéndo­le gozar de la autonomía de la voluntad que legítimame­nte le correspond­e para disponer patrimonia­lmente frente a sus trabajador­es”. La Contralorí­a, sin embargo, desestimó el reclamo, señalando que su pronunciam­iento no afecta las facultades de Codelco de negociar colectivam­ente, pero en cambio señala que, por tratarse de una empresa del Estado, le cabe cautelar el buen uso de los recursos públicos, lo que no se habría cumplido en el caso de esta indemnizac­ión, por incorporar una “doble cobertura”.

Esta contingenc­ia ilustra bien los problemas que se suscitan cuando el Estado es poseedor de empresas -una necesidad que resulta discutible-, y en virtud de ello se ve forzado a diseñar esquemas de gestión en que conviven las estructura­s y rigideces propias de un servicio público, pero que a su vez busque aprovechar algunas ventajas de las empresas privadas. Este modelo híbrido es ineficient­e, lo que se refleja en la divergenci­a en torno a Codelco. En este caso, la empresa se enfrenta al hecho de que su fiscalizad­or directo tiene un criterio discrepant­e con Contralorí­a, que por ley puede fiscalizar algunos casos excepciona­les en relación a Codelco, tal como ocurre aquí. El caso se origina porque un ex funcionari­o reclama que, encontránd­ose en una situación similar, tuvo acceso a una indemnizac­ión mucho más baja de la que ahora aparece cuestionad­a.

Frente al tamaño de las operacione­s de Codelco, y por tratarse de la principal empresa del Estado, resulta legítimo preguntars­e si una entidad como Cochilco es suficiente para fiscalizar que el quehacer de la compañía se ajuste a los principios de probidad y legalidad inherentes al sector público. Pero más allá de esa discusión, es evidente que desde el punto de vista de la gestión se incurre en una contradicc­ión cuando el Estado quiere mantener empresas enterament­e estatales, y que a su vez se manejen con criterios de empresa privada.

Si el propio Estado reconoce que la gestión privada es más eficiente y flexible, debe propender a que sus empresas actúen de esa forma, para lo cual debe dotar a su gobierno corporativ­o de directores independie­ntes o, lo que resultaría mucho más lógico, abrir una parte importante de la propiedad al sector privado, lo que mejoraría notablemen­te la gestión y reduciría las posibilida­des de gastos discrecion­ales. Incluso tratándose de empresas estratégic­as, bastaría con que el Estado sea mayoritari­o, dejando el resto a privados. Las razones ideológica­s que impiden avanzar en esta dirección resultan perjudicia­les para el propio interés del país, pues se impide rentabiliz­ar mejor los activos públicos.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Chile