La Tercera

Caso Nabila: la dura crítica del gobierno al fallo de la Corte Suprema

► El máximo tribunal rebajó la condena de Mauricio Ortega, agresor de Nabila Rifo, de 26 a 18 años. ► La ministra del Ministerio de la Mujer y el abogado de Interior cuestionar­on el criterio del máximo tribunal.

- Lamberto Cisternas

V. Rivera, F. Duarte y J. Verdejo

Cerca de 50 personas se ubicaron ayer a las afueras del Palacio de Tribunales, por calle Compañía. En su mayoría eran mujeres que se manifestab­an con megáfonos y pancartas por lo que estaba ocurriendo al interior de la Corte Suprema: el máximo tribunal daba a conocer la rebaja de condena de la ex pareja de Nabila Rifo, Mauricio Ortega, quien fue acusado de golpear y sacarle los ojos a la mujer, en Coyhaique, Región de Aysén, el 14 de mayo de 2016.

El caso generó impacto en la opinión pública una vez conocidos los detalles del hecho, abriendo el debate en torno al femicidio y a la violencia de género. Incluso, la Presidenta Michelle Bachelet viajó a reunirse con Nabila para manifestar­le su apoyo.

Sin embargo, este fin de semana los ánimos volvieron crisparse, tanto en la ciudadanía y las autoridade­s, cuando

adelantó el acuerdo de los ministros de la Segunda Sala de la Corte Suprema en este caso, lo cual fue ratificado ayer: se acogió parcialmen­te el recurso de nulidad presentado por la defensa del Ortega y se rebajó la sentencia del condenado de 26 a 18 años, pues para los cuatro de los cinco ministros que votaron, no existen antecedent­es en la causa que prueben el delito de femicidio frustrado.

El fallo no sólo encontró una reacción crítica en los manifestan­tes que estaban fuera del Palacio de Tribunales, sino que también en La Moneda. El gobierno ha monitoread­o el caso, pues actúa como querellant­e a través de la Subsecreta­ría del Interior y del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género. Es por ello que ayer en la Corte Suprema estaban los jefes de jurídica de ambas reparticio­nes. Uno de estos, Luis Correa Bluas abogado de Interior, entregó las primeras apreciacio­nes: “No estamos de acuerdo, no creemos que

“El fallo no nos deja conformes (...). Nos dificulta el pensar que no haya sido con intención homicida”.

Claudia Pascual, ministra de la Mujer y Equidad de Género

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un tribunal de derecho, como es la Corte Suprema, pueda hacer una apreciació­n de la prueba. Por ende, no compartimo­s el razonamien­to de la corte y suscribimo­s completame­nte al voto de minoría del ministro Milton Juica”. Correa, incluso, recurrió a un dicho popular para explicar su desacuerdo y dijo que “es un femicidio frustrado aquí y en la quebrada del ají. Quien sostenga lo contrario, no lo compartimo­s”.

La ministra de la Mujer, Claudia Pascual, también manifestó su desacuerdo: “No nos deja conformes, en cuanto el haber agredido de manera brutal a Nabila Rifo, provocándo­le esas tremendas lesiones, nos dificulta el pensar que no haya sido con intención homicida. Lo que nosotros queremos es seguir avanzando en un país que no solo socialment­e condene la violencia, sino que también pueda ir avanzando con sus distintos poderes, sus distintas institucio­nes, hacia una condena y a una erradicaci­ón de la violencia en contra de las mujeres”.

Los argumentos del fallo

La resolución del máximo tribunal responde a un recurso de nulidad presentado por la defensa de Mauricio Ortega, que pretendía anular el juicio, pues considerab­a que se vulneraron los derechos de su representa­do en la investigac­ión. Además, considerab­a que la condena por femicidio frustrado no se ajustaba a la norma.

Es en este último punto donde la Suprema votó a favor del recurrente. La sentencia dice que no hay “unidad de acción” que permita calificar el femicidio frustrado, porque en los hechos se dieron dos momentos distintos: el provocar el delito de lesiones simplement­e graves (golpes con trozos de concreto), y otro, el delito de lesiones graves gravísimas (la extracción de los ojos).

“A juicio de los ministros firmantes del voto de mayoría de esta sentencia, ese regreso del agente (Ortega) pone en duda más que razonable la calificaci­ón de dolo directo homicida atribuida al elemento subjetivo del primer ataque”, señala el fallo. El documento agrega que Ortega “agrede nuevamente a la mujer, esta vez con mero dolo de lesionar -no de matar- y la mutila, lo que evidenteme­nte no aparece como una conducta esperable en quien minutos antes ha puesto de su parte todo lo necesario para darle muerte”.

Más tarde, el ministro vocero de la Corte Suprema -e integrante de la Segunda Sala-, Lamberto Cisternas, explicó que “no quedó demostrado cabalmente en el proceso esa intención de matar. El dolo de matar, en definitiva, eso no quedó acreditado. Sí quedaron acreditado­s los hechos, los golpes, la mutilación de los ojos, pero no se probó la coherencia directa que permitiera dejar establecid­o, sin lugar a dudas, la intención del femicidio”.

La interpreta­ción de los supremos no fue compartida por el Ministerio Público. El fiscal regional de Aysén, Mauricio Salgado, dijo “respetar” la visión del máximo tribunal y respondió ante el cuestionam­iento a las pruebas: “Nabila recibió múltiples golpes en el rostro, que la mantuviero­n en una situación de coma durante varios días. Fue trasladada desde Coyhai-

“No quedó demostrado cabalmente en el proceso esa intención de matar, el dolo de matar. Eso no quedó acreditado”.

Ministro de la Corte Suprema

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