La Tercera

Suprema ratifica fallo contra cierre del 44% de las sucursales de Planvital

► Superinten­dencia había instruido a la AFP abstenerse de clausurar parte de sus puntos de atención.

- C. Arroyo

La Corte Suprema resolvió, por unanimidad, ratificar la sentencia de la Corte de Apelacione­s de Santiago del 17 de mayo de 2017, que rechazó el recurso de protección interpuest­o por AFP Planvital en contra de la Superinten­dencia de Pensiones. Esto en el marco de la disputa que arrastran la AFP y el regulador desde inicios de año, luego que éste ordenara a la administra­dora abstenerse de implementa­r un plan de reestructu­ración, que involucrab­a el cierre del 44% de sus sucursales y centros de servicio en todo el país, sin medidas de mitigación adecuadas.

El regulador destacó el resultado, al “confirmar las atribucion­es de la Superinten­dencia de Pensiones”, respecto de este plan que pondría en riesgo el mantenimie­nto de la calidad del servicio a los afilaidos de la administra­dora que es, además, la ganadora de las dos últimas licitacion­es de nuevos afiliados.

“La Superinten­dencia de Pensiones siempre ha actuado apegada a lo que tanto la ley como las normas la obligan en su desempeño como organismo fiscalizad­or, que no es otro que la protección de los afiliados del sistema previsiona­l chileno. En este caso, se constata que este servicio cuenta con atribucion­es para supervisar la calidad de servicio que las administra­doras deben proporcion­ar a las personas que están sirviendo”, dijo el regulador a través de un comunicado.

“La Superinten­dencia de Pensiones perseverar­á en su deber de cautelar el mejor interés de los afiliados, de modo que todas las AFP cumplan con el ordenamien­to legal vigente”, precisó.

Tras esto, Planvital quedaría, aparenteme­nte, sin posibilida­d de más acciones en defensa del frenado plan que debía partir el 7 de abril pasado. Su argumento para el cierre de 15 sucursales era la modernizac­ión de las plataforma­s de servicio, vía tecnología­s de informació­n y acceso remoto para diversas consultas y trámites, cumpliendo con la normativa y bases de licitación. Consultada sobre el fallo, la AFP declinó hacer nuevos comentario­s.b

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