Artista revive la memoria territorial de Pisagua como campo de detención
► En galería Patricia Ready Catalina González exhibe fotos y videos sobre la ex cárcel militar.
No fue una sino tres veces las que Pisagua -localidad ubicada en la comuna de Huara, en la región de Tarapacáfue utilizada como campo de concentración. A fines de los años 40, durante el gobierno de Gabriel González Videla, fueron enviados allí miembros del Partido Comunista, el que había sido proclamado ilegal en el país. Reabrió bajo el mandato de Carlos Ibáñez del Campo, para recluir a diferentes tipos de presos políticos. Y, finalmente en 1973, tras el Golpe de Estado, se construyó un nuevo campo de prisioneros que duró hasta octubre de 1974.
Desolada y con la estampa de ser una verdadera ciudad fantasma, Pisagua se mantiene hoy como un pequeño poblado de pescadores y recolectores de huiro, quienes justamente utilizan los antiguos campos de ejercicio militar y de la ex-cárcel para amontonar sus algas. Esta faceta cotidiana es recogida hoy por la artista Catalina González (1979) y contrastada con su oscuro pasado militar en la exposición Continuum, que se inaugura este jueves en la galería Patricia Ready.
Hace cuatro años la artista SE CITA A ASAMBLEA GENERAL De Socios de la “Cofradía Náutica del Rupanco” para el día jueves 10 de agosto de 2017 a las 19:00 hrs. en primera citación, en los salones del “Prince of Wales Country Club”, calle La Arañas Nº 1901, comuna de La Reina, Santiago. Tabla: 1.Cuenta del Presidente, 2.- Informe de la Comisión Revisora de Cuentas. 3.- Aprobación de Balance. 4.- Proyectos 5.- Proyecto de nuevo muelle flotante. 6.- Aprobación del Presupuesto para el periodo 2017-2018 para la Cofradía y la Dársena. 7.- Varios. Jorge Beals Montecinos, Presidente. (17181)
CITACION: CITASE A ASAMBLEA General Extraordinaria de la Corporación Nacional Privada de Desarrollo Social para el lunes 24 de julio de 2017, a las 9:00 horas, en Monseñor Sótero Sanz 182, Providencia. Asunto: renovación del Directorio de la Corporación. El Presidente. JUEZ ARBITRO FRANCISCO BOsselin Morales. En autos arbitrales caratulados “Hipotecaria La Construcción Leasing S.A. con Morales Palma, Francisco”, se ordenó notificar por avisos lo siguiente: Santiago, 19-05-2017. Proveyendo escrito de fojas 186: A lo principal, como se pide, téngase por evacuado el trámite de contestación en rebeldía de la parte demandada. Al otrosí: Como se pide, se recibe la causa a prueba por el término de ocho días, fijándose como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, sobre los cuales deberán recaer, los siguientes: 1.- Efectividad de haberse suscrito entre la demandante y don Francisco Iván Morales Palma contrato de arrendamiento con promesa de compraventa, -ganadora del Premio Bicentenario Arte Joven MAVI- dejó Santiago para instalarse en la I Región, con la idea de buscar nuevos caminos artísticos.
“Quería conocer la experiencia de vivir en territorios intervenidos por la industria”, cuenta. “Viví tres años en Alto Hospicio y me sorprendió que, a pesar de ser un lugar tan marginal, formado por completo por viviendas sociales, hubiese una vida cultural tan rica. Aquí viven muchos artistas, intelectuales, como sociólogos e historiadores interesados en el territorio”, agrega la artista que antes indagó en la intervención industrial de las refinerías de cobre en Bahía Quinteros, utilizando como material de obra el mismo desperdicio de cobre molido.
Ahora en Continuum echa manos a la fotografía y el video para hacer un paralelo entre el pasado de Pisagua y su presente.
Tras una investigación, la artista descubrió que una serie de marcas geométricas
Continuum
del 21 de julio al 25 de agosto en la galería Patricia Ready, ubicada e Espoz 3125, Vitacura. Lunes a viernes, de 10.30 a 19.30 h. Sábado de 11 a 17 h. Visita guiada con la artista, el sábado 29 de julio, a las 12 horas. Entrada liberada. fecha, condiciones y estipulaciones del mismo. 2. Efectividad de haber fallecido don Francisco Iván Morales Palma. En caso afirmativo, efectividad de haberse concedido su posesión efectiva e identidad de sus herederos. 3.- Si la parte demandante cumplió con las obligaciones que para ella emanaban de dicho contrato. 4.- Si la parte demandada cumplió con las obligaciones que para ella emanaban del contrato referido en el numeral 1 precedente. 5.- Si la demandada pagó las cuotas o aporte que se le cobran en autos. 6.- Existencia, naturaleza y monto de los perjuicios alegados por la actora. Se fija para la recepción de prueba testimonial audiencias de los días 7° y 8° del probatorio a las 15:30 horas, diligencia que se realizará en la oficina del Juez Arbitro, debiendo ser tomada por un Receptor Judicial de cargo de la parte que presente los testigos. Francisco Bosselin M. Juez Arbitro. Mariella Risopatrón Cerna. Actuaria.(17181)
CERTIFICO: TRIBUNAL FAMILIA Pudahuel, Juan Miranda 818, Quinta Normal, causa Rit C-43-2006, Interdicción por demencia, caratulada Riquelme Araya. Con fecha 23 de junio en las laderas de los cerros que ella confundió con geoglifos eran en realidad antiguos trazados usados como blancos por los militares.
González fotografió las marcas usando alto constraste para convertirlas en especies de grabados. Invitó a cuatro ex presas políticas para realizar diferentes acciones al interior de las huellas, que dieron como resultado el video Circunvalaciones; además, hizo un registro de la actual actividad de recolección de huiro que coincidió con imágenes tomadas por el fotógrafo alemán Miguel Herberg de las barracas utilizadas por los presos en 1974.
“El (Herberg) se hizo pasar por miembro de la Cruz Roja y logró filmar y fotografiar a los presos en los mismos lugares donde yo registré a los recolectores de huiro; las fotos son de una similitud increíble”, dice González. “Me interesa cómo las memorias se van superponiendo a medida que avanza el tiempo y la relación entre las personas y sus territorios”, agrega.
“La mayoría de los pisagüeños originales se fueron después de que todo esto se convirtió en cárcel, y la gente que vive aquí realmente no conoce la historia de este lugar. Los mismos pescadores son un poco nómades, entonces es interesante relevar estos temas que están ocultos, sobre todo para las nuevas generaciones”.b de 2008 se dictó sentencia definitiva, la que en su parte resolutiva dispuso: Se hace lugar a lo solicitado, y se decreta la interdicción por causa de demencia de doña Mixi Catherine Riquelme Araya, Run Nº 13.917.413-5, domiciliada en Calle Bravo Luco Nº 1389, Población San Daniel, Comuna de Pudahuel y se designa su curadora general, legítima y definitiva, a doña Olga Hortencia Araya Méndez, Run Nº 6.490.689-5, mismo domicilio. La curadora designada queda relevada de la obligación de rendir caución. Una copia autorizada de la presente sentencia servirá de título suficiente de discernimiento para ejercer la curaduría. Inscríbase y notifíquese al público la presente decisión por medio de tres aviso publicados en un diario de la comuna, en los cuales se expresará el interdicto, designado por su nombre, apellido y domicilio, no tiene la libre administración de sus bienes. Firmada Mauricio Alejandro Cuevas Gatica, Juez Suplente Juzgado de Familia Pudahuel. Pudahuel, 07 de Diciembre de 2016.Luis Pérez Camousseight, Ministro de Fe, Administrativo Jefe Causa, Juzgado Familia Pudahuel.(17181)