EN ESTA BATALLA, QUE FINALMENTE NO FUE, EL VOTO GENERAL DE LA JUNTA DC RESULTÓ INSENSATO, COMO SUELEN SER LOS ACTOS DE MASAS.
Todo hacía presagiar que en la DC se libraría una batalla de tales proporciones que hasta podría culminar con la muerte del partido. En verdad, el ambiente tras la Junta Nacional no daba para otra percepción. Se desautorizó a su Presidenta y candidata presidencial Carolina Goic, quien sostenía que cada candidatura debía ser revisada en su mérito para validar su procedencia ética y estatutaria, lo que fue rechazado. Como consecuencia conocida de ello, de rebote, se terminó visando una nueva postulación como diputado del señor Ricardo Rincón, condenado por la justicia civil por violencia intrafamiliar, hecho que el propio partido previamente y en diversas instancias había repudiado.
Terminada la Junta, dos hechos concentraron el foco de la atención pública. Por un lado, la senadora Goic suspendió su candidatura presidencial y, por otro, se entendió que la principal razón de ello era la repostulación del señor Rincón, aprobada pese a su infracción a la ley y a los Estatutos del partido.
Desde el principio, así visto, el conflicto siempre nos pareció extraño y desproporcionado. ¿Se trataba solo de Goic contra Rincón? ¿Un diputado que desafía una y otra vez cumplir una sentencia por violencia intrafamiliar estaba en condiciones de poner en jaque la propia candidatura y hasta la existencia del partido?
Sin embargo, el verdadero trasfondo era que el voto aprobado por la Junta Nacional se traducía en que los antecedentes de ningún candidato podían ser examinados. Por eso, en los días posteriores, se advirtió que la razón de la suspensión de la candidatura, no obstante decir relación con dicho diputado -por lo insólito de su situación y su porfiada resistencia en acatar lo fallado- tenía alcances más amplios y se refería a los principios éticos del partido respecto a la totalidad de los postulantes. ¿Cómo podía la Junta Nacional rechazar el examen de los méritos de los candidatos? Entonces, entre los propios parlamentarios surgieron las voces que llamaron a la única decisión que correspondía: nadie debía temer que los requisitos para presentarse al cargo fueran analizados objetivamente y en su mérito. Y así surgió el encuentro que terminó con la candidata de vuelta, como ella dice, llena de coraje, mandatada para cumplir este encargo estatutario. Aunque en el momento de mayor crudeza, ella también habrá sabido que las lágrimas, la solidaridad inesperada y violenta, la soledad del poder, forman parte de la naturaleza de las cosas.
En esta batalla que felizmente no fue, el voto general de la Junta DC resultó insensato como suelen ser los actos de masas. Quedó un solo patibulario para quien no habrá funeral. En el epílogo de este caso, eso sí, se advierte una extraña ligazón entre esa antigua sentencia incumplida y la forma casi novelesca en que renació con estrépito, como el punto de partida de algo injusto que no ha de repetirse y que la DC comprendió en su extensa dimensión. Hace pensar que todo ha tenido sentido.
Tomás Jordán
vo se reflejará en el resultado del proceso y en la incidencia que tendrán las Bases Ciudadanas en el proyecto de Nueva Constitución.
Suena sencillo, pero el camino para generar este tipo de políticas innovadoras tiene distintos obstáculos: El miedo al cambio, donde resulta más cómodo seguir haciendo siempre lo mismo; la desconfianza a que la ciudadanía opine sobre temas públicos; el tradicionalismo de las formas, expresado en la crítica de que si no existía mandato de representación, no podía considerarse un proceso válido; y el recelo a la deliberación y colaboración como arreglo para el diálogo, desde aquellos que hacen hincapié en los desacuerdos por sobre los acuerdos compartidos.
Así, incorporar mecanismos participativos en etapas tempranas del diseño de políticas públicas, permite contener las visiones de los ciudadanos, adecuar las políticas a sus destinatarios y ejercer un control político directo al comparar los resultados del proceso participativo con lo propuesto por la autoridad.
Por todo ello es que la participación ciudadana es el eje transversal del Proceso Constituyente impulsado por la Presidenta Bachelet. Junto con la Etapa Participativa, la reforma al Capítulo XV de la actual Carta Magna, enviada al Congreso este año, propone que la Convención Constitucional incorpore mecanismos de participación en su proceso deliberativo y que el texto resultante sea plebiscitado para su aprobación.
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