La Tercera

EN ESTA BATALLA, QUE FINALMENTE NO FUE, EL VOTO GENERAL DE LA JUNTA DC RESULTÓ INSENSATO, COMO SUELEN SER LOS ACTOS DE MASAS.

- Álvaro Ortúzar Abogado Pamela Figueroa División de Estudios Asesor en materias constituci­onales

Todo hacía presagiar que en la DC se libraría una batalla de tales proporcion­es que hasta podría culminar con la muerte del partido. En verdad, el ambiente tras la Junta Nacional no daba para otra percepción. Se desautoriz­ó a su Presidenta y candidata presidenci­al Carolina Goic, quien sostenía que cada candidatur­a debía ser revisada en su mérito para validar su procedenci­a ética y estatutari­a, lo que fue rechazado. Como consecuenc­ia conocida de ello, de rebote, se terminó visando una nueva postulació­n como diputado del señor Ricardo Rincón, condenado por la justicia civil por violencia intrafamil­iar, hecho que el propio partido previament­e y en diversas instancias había repudiado.

Terminada la Junta, dos hechos concentrar­on el foco de la atención pública. Por un lado, la senadora Goic suspendió su candidatur­a presidenci­al y, por otro, se entendió que la principal razón de ello era la repostulac­ión del señor Rincón, aprobada pese a su infracción a la ley y a los Estatutos del partido.

Desde el principio, así visto, el conflicto siempre nos pareció extraño y desproporc­ionado. ¿Se trataba solo de Goic contra Rincón? ¿Un diputado que desafía una y otra vez cumplir una sentencia por violencia intrafamil­iar estaba en condicione­s de poner en jaque la propia candidatur­a y hasta la existencia del partido?

Sin embargo, el verdadero trasfondo era que el voto aprobado por la Junta Nacional se traducía en que los antecedent­es de ningún candidato podían ser examinados. Por eso, en los días posteriore­s, se advirtió que la razón de la suspensión de la candidatur­a, no obstante decir relación con dicho diputado -por lo insólito de su situación y su porfiada resistenci­a en acatar lo fallado- tenía alcances más amplios y se refería a los principios éticos del partido respecto a la totalidad de los postulante­s. ¿Cómo podía la Junta Nacional rechazar el examen de los méritos de los candidatos? Entonces, entre los propios parlamenta­rios surgieron las voces que llamaron a la única decisión que correspond­ía: nadie debía temer que los requisitos para presentars­e al cargo fueran analizados objetivame­nte y en su mérito. Y así surgió el encuentro que terminó con la candidata de vuelta, como ella dice, llena de coraje, mandatada para cumplir este encargo estatutari­o. Aunque en el momento de mayor crudeza, ella también habrá sabido que las lágrimas, la solidarida­d inesperada y violenta, la soledad del poder, forman parte de la naturaleza de las cosas.

En esta batalla que felizmente no fue, el voto general de la Junta DC resultó insensato como suelen ser los actos de masas. Quedó un solo patibulari­o para quien no habrá funeral. En el epílogo de este caso, eso sí, se advierte una extraña ligazón entre esa antigua sentencia incumplida y la forma casi novelesca en que renació con estrépito, como el punto de partida de algo injusto que no ha de repetirse y que la DC comprendió en su extensa dimensión. Hace pensar que todo ha tenido sentido.

Tomás Jordán

vo se reflejará en el resultado del proceso y en la incidencia que tendrán las Bases Ciudadanas en el proyecto de Nueva Constituci­ón.

Suena sencillo, pero el camino para generar este tipo de políticas innovadora­s tiene distintos obstáculos: El miedo al cambio, donde resulta más cómodo seguir haciendo siempre lo mismo; la desconfian­za a que la ciudadanía opine sobre temas públicos; el tradiciona­lismo de las formas, expresado en la crítica de que si no existía mandato de representa­ción, no podía considerar­se un proceso válido; y el recelo a la deliberaci­ón y colaboraci­ón como arreglo para el diálogo, desde aquellos que hacen hincapié en los desacuerdo­s por sobre los acuerdos compartido­s.

Así, incorporar mecanismos participat­ivos en etapas tempranas del diseño de políticas públicas, permite contener las visiones de los ciudadanos, adecuar las políticas a sus destinatar­ios y ejercer un control político directo al comparar los resultados del proceso participat­ivo con lo propuesto por la autoridad.

Por todo ello es que la participac­ión ciudadana es el eje transversa­l del Proceso Constituye­nte impulsado por la Presidenta Bachelet. Junto con la Etapa Participat­iva, la reforma al Capítulo XV de la actual Carta Magna, enviada al Congreso este año, propone que la Convención Constituci­onal incorpore mecanismos de participac­ión en su proceso deliberati­vo y que el texto resultante sea plebiscita­do para su aprobación.

Ministerio Secretaría General de la Presidenci­a

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