La Tercera

Turistas que trabajen sin autorizaci­ón serán expulsados

Artículo cambia norma actual que establece multas para inmigrante­s en esta situación.

- Andrés López

Un punto que se desarrolla en el proyecto de ley sobre migracione­s son las sanciones administra­tivas y las causales de expulsión. En la actual legislació­n no existe un procedimie­nto definido de cómo se tramitarán las infraccion­es, con lo que ahora se actualiza la norma y se determinan los plazos de notificaci­ón, la creación de una etapa donde el extranjero puede hacer sus descargos y establece un debido proceso.

En la normativa actual estas medidas quedaban a cargo de Interior y las policías, y en casos de expulsione­s, el inmigrante tenía la potestad de recurrir a la Corte Suprema.

Otro cambio son los plazos de impugnació­n de la medida. Ahora tiene un plazo de 24 horas para reclamar ante el máximo tribunal y la iniciativa propone que podrá interponer una reposición en un plazo de 10 días hábiles desde su notificaci­ón, y en caso de ser rechazada, podrá, en otros 10 días hábiles, reclamar al superior jerárquico. Si quedan a firme esas decisiones, el extranjero tiene la posibilida­d de presentar un recurso en la Corte de Apelacione­s en un plazo de cinco días hábiles.

En el tema de las causales de expulsión también hay modificaci­ones, la más importante referente a la nueva categoría migratoria de turista.

Actualment­e, la legislació­n establece que el inmigrante que sea descubiert­o realizando actividade­s remunerada­s sin estar autorizado para ello era sancionado con una multa que como máximo podía alcanzar a los 50 sueldos vitales ($ 1.939.850).

En cambio, el proyecto de ley que presentó el Ejecutivo reemplaza la multa por la expulsión del infractor cuando tiene la calidad de turista y es que es sorprendid­o trabajando sin tener una autorizaci­ón.

Además, se describen como otras razones para decretar esa medida el ingresar al país a pesar de estar condenados o procesados por delitos como tráfico, terrorismo, asociación ilícita; no dar cumplimien­to a la orden de abandono del territorio nacional; permanecer en Chile a pesar de haber expirado el permiso de turista, visitante o residente, y hacer declaracio­nes falsas o documentos adulterado­s para gestionar visas.b

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