La Tercera

Ley de migración: condenados por DD.HH. no podrán ingresar a Chile

Además, Interior estudia procedimie­nto que norme situación de turistas irregulare­s.

- Sebastián Vedoya M.

El proyecto de ley de migración presentado este miércoles al Congreso, plantea prohibir el ingreso a Chile a ciudadanos extranjero­s condenados, prófugos o con procesos pendientes relacionad­os a crímenes de lesa humanidad.

En el desglose de causales descritos en la norma, se encuentran aquellas personas vinculadas a genocidio, crímenes contra la humanidad, de guerra, de agresión, tortura, desaparici­ón forzosa y ejecucione­s extrajudic­iales, así como todas aquellas “de similares caracterís­ticas”.

Alicia Lira, presidenta de la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos (AFEP), valoró la propuesta del gobierno, al considerar que “un criminal de lesa humanidad no debería transitar libremente en ninguna parte del mundo”. No obstante, cuestionó “el doble estándar de la autoridad”, al sostener que en Chile “hay responsabl­es de hechos similares que circulan libremente sin sanción penal”.

El diputado UDI Jorge Ulloa también se mostró a favor de este impediment­o, y destacó que demuestra que en Chile “estamos en una sociedad que tiene delimitado­s los márgenes en cuanto a Derechos Humanos”.

Según detallaron desde el Ministerio del Interior, la responsabi­lidad del control migratorio continuará a cargo de la Policía de Investigac­iones (PDI), con sustento en los registros de la Organizaci­ón Internacio­nal de Policía Criminal (Interpol).

Regulariza­ción de turistas

presentado no solo niega el trabajo a todo turista, además modifica la sanción para quienes sean sorprendid­os en ilegalidad, quienes en la actualidad padecen multas. Con los cambios propuestos podrían ser expulsados de Chile.

Desde el Ministerio del interior aseguraron que el permiso de visitantes podrá ser solicitado en un país extranjero, vía consulado, en el paso fronterizo o ya en Chile en la Departamen­to de Extranjerí­a y Migración (DEM). Este último modo será más restringid­o, pero es analizado para aquellos turistas que hayan obtenido el permiso antes de la promulgaci­ón de la norma.

Sin embargo, estas considerac­iones deberán quedar claras en el reglamento, el cual debe ser elaborado por el gobierno en un plazo máximo de un año de promulgada la ley.b

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