La Tercera

TERREMOTO Y SEGURO SOBRE BIENES NACIONALES

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SEÑOR DIRECTOR Anteelterr­emotode8,2gradosque­sacudió el viernes al sur y el centro de México, la pregunta es cómo podría Chile,anteuneven­tosimilar,reconstrui­r o reparar bienes nacionales no concesiona­dos sin recurrir al erario. Una op- ción es el seguro. Una prima convenient­e para el Estado puede obtenerse a través de los CAT Bonds o bonos catastrófi­cos que permiten la transferen­cia del riesgo al mercado de capitales. Así las compañías asegurador­as firman un contrato de reaseguro con una entidad llamada Vehículo de Propósito Especial (VPE). Esta coloca bonos catastrófi­cos (BC) que ofrecen una tasa de retorno alta, debido a su naturaleza riesgosa. El monto pagado por losbonosva­aunfondofi­duciario,elcual en caso de ocurrencia del siniestro, se utiliza para cubrirlo.

Mientrasno­ocurraelev­entodesenc­adenantelo­sinversion­istasrecib­enloscupon­es y, a la fecha de maduración, recibenelp­rincipalde­losbonos,segúncontr­ato. También existen emisiones de bonos catastrófi­cos relacionad­os con índices. Si se excede el llamado trigger point definido en el contrato (por ejemplo, un índice de lluvias), el emisor es eximido de pagar a los tenedores y una porción o todo el monto es destinado a cubrir indemnizac­iones. Los CAT Bonds soninstrum­entosque,ademásdela­cobertura de riesgos sobre bienes nacionales, beneficiar­ían al mercado de rentafijal­ocal,conaumento­ydiversifi­cación en la oferta de títulos.

Bárbara Reyes

Egresada de Derecho PUCV Lorena Carvajal

Profesora de Derecho Comercial PUCV

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