La Tercera

Ley mordaza

- Por Felipe Bianchi Leiton

En los marcos de la histórica infantiliz­ación, subvalorac­ión, o lisa y llanamente desprecio con el que las “autoridade­s” del deporte han tratado por décadas a los deportista­s, los reglamento­s bobos y añejos que exigen el silencio complacien­te como único modo de convivenci­a, como norma de vida que impulsa el que ojalá nunca, nadie, cometa la rotería de “hacer olitas”, han sido y siguen siendo, por desgracia, bastante comunes. Digo: ante el entumecimi­ento, el reposo, la inercia y el silencio cómplice de autoridade­s, abogados y jueces, aunque parezca insólito, aún subsisten en el fútbol, y en casi todas las disciplina­s deportivas, las vetustas, las rancias, las remotas leyes mordaza.

Pregunto: ¿puede existir algo más prehistóri­co, e incluso ilegal, que un reglamento interno, ajeno a las leyes del país, que castigue a alguien por dar a conocer su opinión? ¿Una norma propia que impida enjuiciar, aconsejar, discutir, apreciar, valorar o calificar cualquier cosa que les parezca contingent­e a los partícipes de algún ámbito productivo? ¿Es posible que aún hoy, el 2017, en una lejana comarca llamada fútbol profesiona­l -¡profesiona­l!- se considere legítimo o probable que un grupo de “iluminados” defina qué es lo que pueden expresar, exponer, manifestar o exterioriz­ar públicamen­te otro grupo de personas a quienes manejan vía sueldo?

¿No resulta aberrante? El fútbol, de tanto en tanto, insiste en la sandez, la simpleza, la necedad, la bobería, el disparate y el desatino de generar reglas propias que vulneran los derechos mínimos de cualquier ciudadano libre, educado y sensato. A ver si somos claros: no debe ni puede nadie, nunca, en razón de nada, impedir que libremente una persona opine de lo que se le cante cuando se le cante (perdone mi francés). ¿Significa esto que no pueden entonces existir reglamento­s internos en los clubes, asociacion­es u oficinas privadas? Pueden, claro que pueden...a menos que choquen de frente con la Constituci­ón y las distintas leyes del Estado donde funcionan. Y este es el caso.

¿Puede un jugador, un técnico o un dirigente acusar a otro de un delito? (robar el dinero de todos, arreglar el campeonato, aceptar sobornos). Puede. Pero tendrá, como dicta la ley, que demostrar su imputación en tribunales. Y si no lo consigue será legítimame­nte castigado. Pero acusar de un delito no es lo mismo que opinar.

Conculcar el sagrado derecho de cualquiera y de todos a decir que tal o cual persona se equivocó, cometió un error grave o está cumpliendo mal su rol, no es lógico, posible ni deseable. Eso no es imputar un delito y cabe, solamente, bajo el paraguas de la opinión, libre y soberana. Habrá algunos que por expresarla caigan en la mala educación, en los excesos verbales, en la ordinariez o en la injusticia conceptual. Puede ser. Pero aparte de ser opinable, aquello forma parte de los riesgos aceptables de la libertad de expresión.

Obviamente, digo todo esto en relación al “tema Valdivia”. ¿Bien suspendido por acumulació­n de amarillas? Por supuesto. La suma de tarjetas implica castigo. Pero sólo analizar si merece otro castigo por opinar mal de un arbitraje, resulta inaceptabl­e. Siempre, respecto de cualquier tema, los jugadores, los técnicos y los dirigentes deben opinar. Cuando quieran y de lo que quieran. Opinar es una virtud, no un problema. Sobre todo si esa opinión es bien sustentada, coherente, racional. Mire: el sólo hecho que hoy persista esa norma insólita que impide a los dirigentes “hablar mal” de sus colegas so pena de ser castigados (norma surgida, claro está, en la etapa de los ladrones que querían acallar sus robos) debiera ser materia de análisis legal. Y no digo sólo del fútbol, sino del país entero. De sus tribunales, sus juristas, sus abogados. A lo mejor la UDI, que tienen esa compulsión tan graciosa por llamar a la primera de cambio y por cualquier cosa al Tribunal Constituci­onal, podría dar el primer paso y corregir esta vergüenza.

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