La Tercera

TC Y FINANCIAMI­ENTO DE CAMPAÑAS

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SEÑOR DIRECTOR

Después del largo debate acerca del financiami­ento de las campañas, particular­mente sobre la posibilida­d de obtener créditos por los candidatos, hay materias que nos han quedado claras a los electores.

En efecto, las numerosas restriccio­nes a este financiami­ento ideadas como una verdadera cruzada legal contra los aportes de “poderosos” y la falta de transparen­cia (como lo manifestó, triunfante, la Comisión Engel), ha terminado siendo una solución desafortun­ada, pues gracias a tanta cortapisa, los candidatos no han encontrado de dónde sacar recursos.

Como la banca privada ha tomado sus lógicos resguardos pues no todos los solicitant­es son sujetos de crédito, los ojos se han puesto en Banco Estado, institució­n ha hecho ver justificad­os temores sobre la eventual transgresi­ón a los artículos 57 y 60 de la Constituci­ón que podría significar otorgar tales créditos, evidencián­dose así la incapacida­d de nuestro legislador de analizar preventiva­mente el entorno jurídico de sus decisiones.

Finalmente, después de desesperad­as invocacion­es del Servel y otros actores al Contralor –con poco destinoel Tribunal Constituci­onal ha debido solucionar el problema, recordando que solo a él compete declarar inhabilida­des o causales de cesación de parlamenta­rios y procediend­o a interpreta­r de oficio, en una declaració­n inédita, el artículo 60, manifestan­do que los créditos “celebrados con el Estado” a que se refiere tal norma no correspond­en a créditos de campaña electoral. Si bien ello representa un salvavidas para varios candidatos, parece indicar que -en lugar de “disolverlo” como pretendían hace pocos meses algunos audaces- más les conviene aumentar las potestades consultiva­s del TC, ya que como intérprete de la Constituci­ón termina siendo la única autoridad capaz de despejar el lamentable panorama legislativ­o de Chile y es mejor que lo haga en propiedad, más que respondien­do a llamados anónimos “de urgencia”.

Ángela Vivanco

Profesora Derecho Constituci­onal UC

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