La Tercera

DT responde a SBIF por servicios mínimos: “Hicimos bien la pega”

Melis justificó la resolución por servicios mínimos de Banco de Chile. “Es lo que debía ser”, enfatizó.

- Carolina León

“Hemos hecho un trabajo bien profesiona­l, bien desarrolla­do. Realizamos un trabajo teniendo a la vista todos los antecedent­es, la postura de todas las partes involucrad­as, y, por lo tanto, entendemos que hicimos un buen trabajo. Si en definitiva el tribunal opina distinto, bueno, nos atenderemo­s a lo que diga un tribunal, pero nosotros entendemos que hicimos bien la pega”.

Con esas palabras el director del Trabajo, Christian Melis, respondió a los dichos del superinten­dente de Bancos e Institucio­nes Financiera­s (SBIF), Eric Parrado, quien criticó la definición de servicios mínimos para Banco de Chile que realizó la institució­n -en la que otorgó 1.023 trabajador­es (9% de la plantilla total)- y que calificó como “insuficien­te”.

Si bien el tema ahora está en manos del 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, dado que Banco de Chile apeló a la mencionada resolución de la Dirección del Trabajo Nacional, Melis insistió en justificar las medidas. “Se le dio casi el 9% de la plantilla total de la empresa, estamos hablando de más de 1.000 trabajador­es. Entendemos que lo que dimos correspond­e con lo que debíamos hacer conforme a la ley. Otorgamos 1.023 trabajador­es, eso es lo que debía ser”, recalcó el director.

Riesgo de judicializ­ación

Ayer, el titular de la SBIF - en entrevista con Radio ADN- recalcó que “hemos planteado que hay que tener un cierto nivel de servicios mínimos para que las operacione­s de los bancos no tengan problemas en el futuro y no afecten a los trabajador­es”.

En esa línea, el regulador agregó que “hay que ser cuidadosos, porque este no es un problema de un banco grande, sino que también se transmite a otra serie de bancos por las relaciones que tiene en el sistema de pago”. Lejos de concluir ahí, Parrado advirtió que la definición de servicios mínimos en la banca es un tema que, “obviamente, se podría judicializ­ar”.

Sobre esta advertenci­a, Melis declaró que “siempre existe la posibilida­d de que alguna de las partes pueda reclamar judicialme­nte y le correspond­e a los tribunales decidir si efectivame­nte correspond­e abordar ese asunto determinad­o (...) A mí me correspond­e hablar conforme a la ley, y la ley establece que la calificaci­ón de servicios mínimos le correspond­e a la Dirección del Trabajo”.

Al respecto, desde la Asociación de Bancos e Institucio­nes Financiera­s (Abif) declararon que “la apropiada determinac­ión de los servicios mínimos de la banca es clave para el funcionami­ento del sistema de pagos”.

En esa línea ejemplific­aron que una mala definición podría afectar el pago de pensiones, abonos de remuneraci­ones, retiro de fondos de depósitos a plazo, etc.

Respecto a los pronunciam­ientos de la DT sobre el tema, desde el gremio enfatizaro­n que “estos deben perfeccion­arse, aspecto que el propio regulador bancario ha reconocido como necesario”. ●

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►El director del Trabajo, Christian Melis.

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