La Tercera

Fiscalía: “No podemos autoinhibi­rnos”

- F. Díaz

Roberto Garrido es fiscal y vocero de la Fiscalía de la IX Región. Su unidad del Ministerio Público es la que hoy tiene en juicio a 11 imputados del caso Luchsinger Mackay, acusados de incendio terrorista. Pronto iniciarán otro procedimie­nto similar, ya que invocan el mismo ilícito en el caso de los cuatro comuneros investigad­os por la quema de un templo evangélico en el sector de Niágara.

Según Garrido, “la Ley Antiterror­ista tiene penas más altas que la legislació­n común y, sin embargo, en la práctica es difícil conseguir condenas en tribunales. Principalm­ente, por la presencia de un elemento de carácter subjetivo, ya que estos delitos imponen la obligación de acreditar que la finalidad está en la producción de temor en un sector de la población y ese elemento resulta difícil de pro- bar con los elementos de prueba que habitualme­nte se utilizan”.

¿Por qué se sigue invocando si se tiene tan baja efectivida­d? Garrido explicó que esto se debe a que “en los casos que se ha invocado se debe a que consideram­os que se reúnen los requisitos que establece esta norma. Esta es una legislació­n vigente, que ha sufrido modificaci­ones por el Poder Legislativ­o, y respecto a la cual el Minis- terio Público no puede autoinhibi­rse de aplicar”.

El fiscal añadió que “si consideram­os que determinad­a situación puede enmarcarse dentro de esta normativa, entonces lo adecuado es que el órgano persecutor la invoque e inste por la aplicación de la misma. El tribunal sopesará cuáles son los elementos de convicción que se están presentand­o y hará la calificaci­ón jurídica definitiva”.

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