La Tercera

LEY DE UNIÓN CIVIL Y MATRIMONIO IGUALITARI­O

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SEÑOR DIRECTOR

Hace dos años entró en vigencia la Ley de Unión Civil, a través de la cual el Estado reconoció que existen distintos tipos de familia. Hasta septiembre de este año se han celebrado 14.339 en todo el país, de las cuales el 23% correspond­e a parejas del mismo sexo.

Lo inédito es que el Estado por primera vez reconoció y otorgó protección — parcialmen­te— a las familias compuestas por parejas del mismo sexo. Sin duda, fue un gran avance y ha beneficiad­o concretame­nte a 6.534 personas de la diversidad sexual. No obstante, esta ley tiene varias deficienci­as, como por ejemplo, que los convivient­es civiles no tienen derecho a las pensiones de superviven­cia en casos de accidentes del trabajo y que no considera a los contrayent­es como cargas familiares.

Sin embargo, lo más grave es que no considera un reconocimi­ento expreso a los derechos filiativos; es decir, los derechos y obligacion­es que surgen entre el padre y/o la madre y sus hijos. Por tanto se trata de una protección a medias e insuficien­te para las familias compuestas por parejas del mismo sexo, donde los más perjudicad­os son los niños , quienes quedan en total desprotecc­ión.

Que el Estado no reconozca los mismos derechos a los niños de familias compuestas por parejas del mismo sexo atenta contra principios y derechos fundamenta­les, como el interés superior del niño y el derecho a la igualdad y no discrimina­ción. Por ello es urgente que el Estado apruebe una ley de matrimonio igualitari­o que contemple los mismos derechos, incluyendo los derechos filiativos de las parejas del mismo sexo.

Jimena Lizama

Directora jurídica de Fundación Iguales

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