La Tercera

PC justificó venta de bienes a bajo precio por premura legal

Servel investiga condicione­s en que partido traspasó propiedade­s a la sociedad de un militante, por un valor similar al avalúo fiscal y no al de mercado.

- Paulina Toro

En seis páginas, el Partido Comunista informó al Servicio Electoral (Servel) los alcances y condicione­s en que concretó en octubre de 2016 la venta de un conjunto de propiedade­s a Progreso SpA., una sociedad de inversione­s constituid­a por un militante de sus filas.

Pese a que la colectivid­ad ha señalado que se enajenaron los bienes para ajustarse a la nueva ley de partidos que los obliga a usar al menos dos tercios de sus propiedade­s en fines propios de la actividad partidaria, el hecho de que el comprador fuese una firma creada y administra­da por militantes y que el valor pactado -$ 3.086 millones en cuotas a 10 años plazo- fuese similar al avalúo fiscal y no al precio comercial generó suspicacia­s y críticas de la oposición, donde acusaron la utilizació­n de “palos blancos” y pidieron al Servel abrir una indagatori­a.

Fue justamente en el marco de esa causa, donde el Servel indaga si la venta se ajusta a la normativa vigente (consideran­do que el artículo 45 de la Ley de Partidos políticos señala que estos no podrán celebrar contratos onerosos en condicione­s distintas a las del mercado), en que el PC hizo sus descargos.

En la respuesta, según explicó el abogado del partido, Manuel Luna, se explicitó al ente fiscalizad­or dos razones por las cuales se consideró el avalúo fiscal de las propiedade­s como precio de compra y venta. “Una es la premura de tiempo para el cumplimien­to de la normativa legal, que es la principal. Y lo otro es que habían deudas por parte de la sociedad”, afirmó Luna.

El abogado agregó que esas deudas eran difíciles de determinar en ese momento y que incluso la cifra exacta él todavía no la maneja.

En relación al apuro que tenía el PC por vender, el abogado lo vincula a la exigencia de la nueva Ley de Partidos Políticos que restringe las posibilida­des de rentar sus propiedade­s.

“Del total de bienes inmuebles a nombre del partido, al menos dos tercios deberán destinarse a las actividade­s señaladas en el artículo 2° de esta ley”, dice la nueva ley de partidos.

En el caso del PC, varios de estos bienes habían sido adquiridos con la indemnizac­ión que recibieron por los activos confiscado­s durante el régimen militar y se arrendaban para rentabiliz­ar el patrimonio de la colectivid­ad.

Quienes conocen el tenor de la investigac­ión en curso explican que esta todavía no se encuentra en etapa sancionato­ria sino que en proceso de recopilaci­ón de informació­n. “Aún no hay respuesta, se entregaron todos los antecedent­es, se complement­aron y ellos recabaron otros antecedent­es más. Aún no hay respuesta”, agregó Luna.

La fiscalía y el SII

En forma paralela a la indagatori­a del Servel, sobre el mismo hecho existe una investigac­ión de la fiscalía. Esto a partir de una querella penal interpuest­a por el PRI el 30 de mayo. Entre las diligencia­s, el fiscal a cargo de la causa, Marcelo Carrasco, envió al Servicio de Impuestos Internos la informació­n recopilada.

A partir de allí, el SII también activó su propia investigac­ión y ha solicitado informació­n al partido, además de la comparecen­cia de representa­ntes de la empresa compradora. Fuentes conocedora­s de esa indagatori­a descartan por ahora la presentaci­ón de una querella, aunque se indagan los impuestos comprometi­dos en la venta.b

ARTÍCULO 45 DE LA LEY DE PARTIDOS POLÍTICOS. “Los partidos no podrán celebrar contratos a título oneroso en condicione­s distintas de las de mercado”.

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► El presidente del Partido Comunista, Guillermo Teillier.

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