Un dentado rey león
El proyecto que introduce diversas modificaciones a la Ley de Protección del Consumidor, entre las que destaca la de otorgar una serie de nuevas potestades al Sernac, ha sido objeto de justificadas críticas de la más variada índole. Con todo, sí se les debe reconocer a los autores y promotores de este proyecto el que son sumamente consecuentes al reconocer que la finalidad buscada era la de hacer del Sernac un “león con dientes”, ya que precisamente el proyecto se inspira en la idea de que nuestra sociedad no es un estado de derecho, sino que una suerte de jungla en la que debe prevalecer el más fuerte, y en la que la administración pública no se encuentra al servicio de los particulares que sean proveedores de bienes y servicios, sino que ve en ellos a una suerte de presa que pueden devorar sin más.
En efecto, el concepto más básico y esencial del estado de derecho exige como mínimo que exista una real y efectiva separación de poderes normativo, ejecutivo y judicial. Previo a esta concepción existía el absolutismo, en el cual era el monarca o rey quien reunía en sí todas estas potestades.
Pues bien, el proyecto de ley que comentamos precisamente busca que, en materia del denominado “derecho de consumo”, el Sernac se constituya en un verdadero monarca con plenos poderes (en lenguaje de quienes apoyan la iniciativa, un rey león). Y ello es así porque se pretende que dicho servicio público tenga en sus manos, entre muchas otras, la facultad de dictar normas generales, fiscalizarlas y ejecutarlas, así como juzgar su infracción e imponer elevadas sanciones.
En el ámbito “dental”, ahora los funcionarios del Sernac pasan a tener múltiples potestades, entre ellas la facultad de “ingresar” a inmuebles, “tomar” (léase incautar) bienes y ejecutar “cualquier otra medida”, todo ello sin necesidad de autorización judicial previa (la que solo es necesaria para utilizar la fuerza pública), sin perjuicio de imponer una multa de más de $ 35 millones a quien se niegue a la realización de tales “labores inspectivas”. Más grave aún, los mismos funcionarios son elevados a la calidad de “ministros de fe”, teniendo su palabra la fuerza de “presunción legal”, con lo cual derechamente se deroga el principio de inocencia que debe inspirar todo derecho sancionador.
En este contexto, resulta sumamente paradojal que se catalogue de un “avance” el conferir al Sernac facultades de investigador, fiscalizador, acusador, juzgador y verdugo, si se tienen en cuenta los esfuerzos desplegados en el pasado reciente –justamente en sentido contrario- para eliminar todos los vestigios en que teníamos una autoridad que era juez y parte, como acontecía en materia penal y en el ámbito tributario. Son precisamente tales experiencias pasadas las que nos demuestran que las declaraciones que el proyecto contempla sobre “división de funciones” e “independencia” al interior del Sernac no pasarán de ser palabras de buena crianza carentes de correlato en la realidad.
En definitiva, como el proyecto será prontamente ley, solo quedará recurrir a la sabiduría y buen criterio de nuestros jueces civiles y constitucionales a fin de que busquen aplicar la nueva normativa del modo más conforme a nuestro ordenamiento jurídico y a los principios en que se sustenta.