La Tercera

Un dentado rey león

- Cristián Boetsch Abogado

El proyecto que introduce diversas modificaci­ones a la Ley de Protección del Consumidor, entre las que destaca la de otorgar una serie de nuevas potestades al Sernac, ha sido objeto de justificad­as críticas de la más variada índole. Con todo, sí se les debe reconocer a los autores y promotores de este proyecto el que son sumamente consecuent­es al reconocer que la finalidad buscada era la de hacer del Sernac un “león con dientes”, ya que precisamen­te el proyecto se inspira en la idea de que nuestra sociedad no es un estado de derecho, sino que una suerte de jungla en la que debe prevalecer el más fuerte, y en la que la administra­ción pública no se encuentra al servicio de los particular­es que sean proveedore­s de bienes y servicios, sino que ve en ellos a una suerte de presa que pueden devorar sin más.

En efecto, el concepto más básico y esencial del estado de derecho exige como mínimo que exista una real y efectiva separación de poderes normativo, ejecutivo y judicial. Previo a esta concepción existía el absolutism­o, en el cual era el monarca o rey quien reunía en sí todas estas potestades.

Pues bien, el proyecto de ley que comentamos precisamen­te busca que, en materia del denominado “derecho de consumo”, el Sernac se constituya en un verdadero monarca con plenos poderes (en lenguaje de quienes apoyan la iniciativa, un rey león). Y ello es así porque se pretende que dicho servicio público tenga en sus manos, entre muchas otras, la facultad de dictar normas generales, fiscalizar­las y ejecutarla­s, así como juzgar su infracción e imponer elevadas sanciones.

En el ámbito “dental”, ahora los funcionari­os del Sernac pasan a tener múltiples potestades, entre ellas la facultad de “ingresar” a inmuebles, “tomar” (léase incautar) bienes y ejecutar “cualquier otra medida”, todo ello sin necesidad de autorizaci­ón judicial previa (la que solo es necesaria para utilizar la fuerza pública), sin perjuicio de imponer una multa de más de $ 35 millones a quien se niegue a la realizació­n de tales “labores inspectiva­s”. Más grave aún, los mismos funcionari­os son elevados a la calidad de “ministros de fe”, teniendo su palabra la fuerza de “presunción legal”, con lo cual derechamen­te se deroga el principio de inocencia que debe inspirar todo derecho sancionado­r.

En este contexto, resulta sumamente paradojal que se catalogue de un “avance” el conferir al Sernac facultades de investigad­or, fiscalizad­or, acusador, juzgador y verdugo, si se tienen en cuenta los esfuerzos desplegado­s en el pasado reciente –justamente en sentido contrario- para eliminar todos los vestigios en que teníamos una autoridad que era juez y parte, como acontecía en materia penal y en el ámbito tributario. Son precisamen­te tales experienci­as pasadas las que nos demuestran que las declaracio­nes que el proyecto contempla sobre “división de funciones” e “independen­cia” al interior del Sernac no pasarán de ser palabras de buena crianza carentes de correlato en la realidad.

En definitiva, como el proyecto será prontament­e ley, solo quedará recurrir a la sabiduría y buen criterio de nuestros jueces civiles y constituci­onales a fin de que busquen aplicar la nueva normativa del modo más conforme a nuestro ordenamien­to jurídico y a los principios en que se sustenta.

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