Tribunales han autorizado 5.992 escuchas en dos años
La interceptación telefónica, técnica que la fiscalía utilizó con el senador Andrés Zaldívar, es una medida intrusiva que puede pedir el Ministerio Público a los tribunales.
Esta facultad está regulada en el artículo 222 del Código Procesal Penal para delitos que merezcan pena de crimen. Es decir, que tengan una sanción privativa de libertad que parte en los cinco años y un día, hasta perpetuo calificado.
De acuerdo a información entregada por el Poder Judicial, entre enero de 2015 y mayo de 2016, los tribunales del país autorizaron 5.992 interceptaciones.
Según las cifras, donde más se autorizaron escuchas telefónicas fue en los tribunales del sector sur de Santiago, correspondientes a la Corte de San Miguel, con 1.679 de estas diligencias, lo que representa un 28% del total de las diligencias permitidas. En el caso de los juzgados radicados en Arica, Iquique y Antofagasta, las autorizaciones acumulan el 18% de las diligencias. Conocedores de este tipo de medidas señalaron que generalmente se utilizan en casos de tráfico de drogas y de inmigrantes.
“Le expreso mi solidaridad, porque no estamos hablando de cualquier persona”.
IVÁN MOREIRA SENADOR UDI.
“La Cancillería ha prestado y seguirá prestando su plena colaboración”.
CANCILLERÍA COMUNICADO DE PRENSA.