La Tercera

Colegios Matte ganan reclamo por servicios mínimos

Corte de Apelacione­s acogió reclamo de la Sociedad de Instrucció­n Primaria y rechazó incompeten­cia declarada por tribunales en primera instancia.

- Carolina León

Un inédito fallo emitió el lunes la Corte de Apelacione­s de Santiago. En segunda instancia, la 12° sala revocó el pronunciam­iento de incompeten­cia del Primer Juzgado de Letras del Trabajo respecto de la reclamació­n realizada por la Sociedad de Instrucció­n Primaria (Red de Colegios SIP) sobre su calificaci­ón de servicios mínimos en caso de huelga.

En marzo de este año, la corporació­n ligada a la familia Matte, había solicitado a la Dirección Regional del Trabajo (DT) un profesor por curso y, adicionalm­ente, dos auxiliares para cada uno de los 17 establecim­ientos pertenecie­ntes a la entidad para desempeñar labores de portero y personal de aseo. Sin embargo, la Dirección Regional del Trabajo otorgó solo un auxiliar por establecim­iento y un docente por curso luego del día 30 de huelga para “nivelar” a los alumnos, decisión que posteriorm­ente fue ratificada por el director nacional del Trabajo, Christian Melis.

Por este motivo la administra­ción de los colegios SIP ingresó un reclamo al Primer Juzgado de Letras de Santiago para corregir la resolución, sin embargo, el tribunal laboral se declaró incompeten­te. Por ello, la SIP persistió y recurrió la Corte de Apelacione­s, la cual ayer falló a favor de la Red de Colegios y dijo que “ese tribunal es competente para conocer y decidir la reclamació­n que ante él se interpuso contra la resolución dictada por Christian Melis”.

La red de establecim­ientos educacione­s SIP cuenta con cerca de 20 mil alumnos, 1.400 trabajador­es y dos sindicatos: el primero agrupa a los docentes y asistentes y el otro a auxiliares de servicio, los que ya negociaron con la empresa y definieron sus contratos colectivos.

Con este fallo, la Red de Colegios SIP se transforma en el primer caso en el que la Justicia deberá pronunciar­se sobre las resolucion­es de servicios mínimos realizadas por la DT.

“Este fallo obliga al tribunal laboral de instancia a conocer de la reclamació­n judicial por servicios mínimos, pronuncián­dose sobre el fondo del asunto”, señaló el abogado y ex subsecreta­rio del Trabajo, Fernando Arab.

Desde la SIP, en tanto, valoraron el pronunciam­iento. “Para nosotros esto es importante, puede que no mejore nuestra dotación de trabajador­es para servicios mínimos, sin embargo, se abre una oportunida­d para aumentar la calificaci­ón que nos dieron”, señaló Cecilia Gazmuri, representa­nte legal de la red de establecim­ientos educaciona­les. ●

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► Colegio Elvira Hurtado de Matte, de la Sociedad de Instrucció­n Primaria.

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