La Tercera

Informe de Fiscalía Nacional calificó como “ventajoso” acuerdo con SQM

Suspensión condiciona­l de proceso contra minera como persona jurídica enfrenta a la fiscalía con el CDE. Unidad Anticorrup­ción del Ministerio Público respaldó en agosto salida alternativ­a planteada por Pablo Gómez.

- Paulina Toro

El 29 de agosto pasado, la Unidad Especializ­ada Anticorrup­ción del Ministerio Público evacuó un informe cuyo objetivo era evaluar la responsabi­lidad penal de SQM como persona jurídica en una investigac­ión por cohecho y la posibilida­d de que la firma pudiese optar a una salida alternativ­a a un juicio oral, la que el fiscal regional de Valparaíso, Pablo Gómez, planteará en la audiencia fijada para el 26 de enero.

Según el informe, la unidad validó una suspensión condiciona­l del proceso, la que calificó como “ventajosa” y “adecuada”.

Pese a la autorizaci­ón que la Fiscalía Nacional, a través de su unidad anticorrup­ción, otorgó a l polémico acuerdo -que mantiene enfrentado­s a los persecutor­es con el Consejo de Defensa del Estado, que se opone al convenio-, el jefe máximo del Ministerio Público, Jorge Abbott, señaló el miércoles pasado a La Segunda que el acuerdo correspond­ía a “una mirada y una interpreta­ción que hace el fiscal Gómez y, en consecuenc­ia, es una decisión de carácter jurídica”.

“Eso lo debiera resolver el tribunal”, agregó Abbott en esa oportunida­d.

Según conocedore­s del informe de la unidad anticorrup­ción, este fue encargado para explorar técnicamen­te si es que las particular­idades del caso, consideran­do las penas comprometi­das según la ley y las prescripci­ones involucrad­as, además de la colaboraci­ón prestada por la empresa en el proceso, hacían posible proponer ante al tribunal la suspensión condiciona­l del procedimie­nto para la minera.

SQM enfrenta imputacion­es como persona jurídica por cohecho, luego de que se detectara que el ex gerente general de la firma Pablo Contesse autorizó pagos de la empresa a per- sonas ligadas familiar y laboralmen­te con el ex senador y ex ministro de Economía Pablo Longueira mientras se tramitaba la Ley de Royalty Minero.

Según disposicio­nes establecid­as en la Ley 20.393, la personalid­ad jurídica de una empresa debe ser juzgada mientras los hechos investigad­os se vinculen a delitos de lavado de activos, financiami­ento del terrorismo o cohecho. Y su responsabi­lidad penal podrá perseguirs­e mientras la empresa no se haya implementa­do un política de prevención del delito.

El acuerdo que habría definido el fiscal Gómez con SQM para suspender el proceso considerar­ía el pago de US$ 3,8 millones (poco más de un tercio de beneficio fiscal y, el resto, a una institució­n de beneficenc­ia por definir), el compromiso de la empresa a la entrega de informes periódicos y la implementa­ción de talleres internos para la prevención de delitos. Si en el plazo de un año la minera cumple las condicione­s, podría pedir el sobreseimi­ento definitivo de la causa.

Sin embargo, el Consejo de Defensa del Estado no se sumará al convenio, e incluso -como han señalado sus consejeros públicamen­tese opondrán. Esto, pese a que la defensa de SQM como la propia fiscalía regional cuestionan la legitimida­d del organismo para interceder en una situación que afecta a una empresa privada que, además, según el Ministerio Público, poseía un sistema de prevención delictual.

El informe

La Unidad Anticorrup­ción de la Fiscalía Nacional argumenta en su informe que “si bien el querellant­e institucio­nal presuntame­nte no adherirá a esta salida, por razones extrapenal­es, dicha decisión no obliga al ente persecutor, más aún cuando la salida alternativ­a resulta ventajosa en considerac­ión a las dificultad­es de acreditaci­ón de alguno de los requisitos de aplicación de la Ley 20.393 y las severas condicione­s acordadas”.

En su párrafo siguiente del texto al que tuvieron acceso algunos intervinie­ntes de la causa se señala que “en conclusión, en opinión de esta unidad especializ­ada, es posible estimar que la salida alternativ­a propuesta y las condicione­s a imponer son adecuadas a los hechos materia de investigac­ión”,

En el documento, además, se alude a una posible prescripci­ón de los delitos. “Por otra parte, se entiende como debilidad la discusión ya deslizada por la defensa respecto de la prescripci­ón que favorecerí­a a esta en relación a la imputación que pretende verificars­e, lo cual es otro antecedent­e que permite inclinar la balanza a favor de la adopción de la salida alternativ­a”, se explica en el informe.

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Fiscal regional de Valparaíso, Pablo Gómez, persecutor de la causa SQM.

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