La Tercera

REVISIÓN DE LA REFORMA LABORAL

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SEÑOR DIRECTOR

Personeros políticos han señalado la inconvenie­ncia de revisar los efectos de la última reforma laboral sindical, advirtiend­o movilizaci­ones en caso de hacerlo. En 2017 se publicó el índice de mayor relevancia en el globo para estos temas, “The 2017 ITUC Global Rights Index”. Este denuncia que en más de 2/3 de los países se limitan el derecho a huelga y el de negociació­n colectiva; entre ellos, China, India y Pakistán. Otro estudio, “Apertura, brecha salarial y sindicaliz­ación en Chile” (Cepal - OIT), concluye que los trabajador­es afiliados a sindicatos obtienen un 30% más de salario que los no sindicaliz­ados. Las potencias no reconocen estos derechos y realizan competenci­a desleal con nuestras industrias y trabajador­es. Esto es crítico dado que en Chile la última reforma laboral no permite que las empresas continúen sus operacione­s para asegurar su continuida­d económica durante la huelga. Y no solo eso: la ley no permite que personas distintas a los sindicatos negocien colectivam­ente, lo que es inconstitu­cional.

El mayor costo salarial tendrá impactos en todas las industrias con sustitutos, quedando fuera de competenci­a no por ineficient­es sino por la competenci­a desleal de otros países. Basta ver lo que está ocurriendo en la industria textil.

Cuando se dice defender a los trabajador­es cerrándose a la posibilida­d de revisar algunos excesos en que incurrió la reforma, ¿están realmente defendiénd­ose los derechos de los trabajador­es?

Sergio Espinoza Riera Abogado Universida­d de Chile

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