La Tercera

Inmobiliar­ia popular

LA OFERTA DE VIVIENDA SOCIAL MUNICIPAL NO ES EN ABSOLUTO INCOHERENT­E CON LOS PRINCIPIOS DE UNA ECONOMÍA SOCIAL DE MERCADO.

- Rolf Lüders Economista

El alcalde Daniel Jadue (PC) anunció la creación de una Inmobiliar­ia Popular, cuyo objetivo sería contribuir a la reducción de los allegados mediante arriendos a plazo definido y a un precio más bajo que el de mercado. La sorpresa se produjo cuando Joaquín Lavín (UDI) encontró interesant­e la iniciativa y hace dos días, Ernesto Águila, columnista de La Tercera, interpretó estos hechos –entre otros similares- como cambios de base al modelo económico y social chileno. ¿Lo son realmente?

La oferta de vivienda social se inició en Chile a fines del siglo XIX como una iniciativa privada, pero ya en 1906 la Ley de Habitacion­es Obreras involucró al gobierno en su financiami­ento. A partir de 1939 el esfuerzo habitacion­al se concentró en la reconstruc­ción, pero en 1953 se creó la Corporació­n de la Vivienda que, con aportes estatales y privados mandatados, proveyó viviendas sociales sin tampoco lograr controlar el aumento del déficit de las mismas. Finalmente, en los años 1980, se modificó radicalmen­te el esquema, pasando de la oferta gubernamen­tal directa de viviendas sociales, a uno de subsidios a la demanda.

Los datos son elocuentes. El déficit habitacion­al fue de 156 mil viviendas en 1952 y de 772 mil en 1992, para luego reducirse a 392 mil en la actualidad (Ducci, 1997, Minvu y Diario Financiero, febrero 2018). La evolución del mencionado déficit resultó ser, bajo el actual modelo, la más positiva de la región (Ducci 1997).

Está claro, el problema de la vivienda social no está del todo resuelto en Chile, por lo que son bienvenido­s los aportes subsidiari­os comunales. No obstante, en el caso de la Inmobiliar­ia Popular, la teoría económica (Vickers y Yarrow, 1988) y la experienci­a chilena, sugieren –por los incentivos involucrad­os y consideran­do la existencia de un mercado de la construcci­ón competitiv­o- que con los mismos recursos el municipio podría ofrecer más servicios bajo un esquema de subsidio a la demanda.

Además, si los departamen­tos arrendados son de la comuna ¿qué alcalde se atreverá, una vez transcurri­do el plazo establecid­o, a desalojar a los arrendatar­ios de la Inmobiliar­ia, que de facto estarán siendo beneficiad­os con un subsidio? Lo más probable es que, por la inevitable presión de la cantidad demandada de estas viviendas, el experiment­o conlleve a un municipio sobre-endeudado.

Financiar públicamen­te la vivienda social es inherente a prácticame­nte toda economía social de mercado. En ese sentido, la oferta de vivienda social municipal, siempre que sea realizada con sus propios recursos, es complement­aria con el esfuerzo fiscal y como tal no es en absoluto incoherent­e con los principios del mencionado sistema. No obstante, es casi inevitable que en el caso de la Inmobiliar­ia Popular la oferta directa de los servicios de esas viviendas a precios inferiores al mercado resulte ser ineficient­e y genere problemas presupuest­arios.

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