UC Y OBJECIÓN DE CONCIENCIA
SEÑOR DIRECTOR
Respecto a las opiniones de quienes rechazan que el Estado celebre convenios de atención ginecológicas u obstétricas con instituciones -como la UCque podrían manifestar objeción de conciencia frente al aborto, me preocupan las miles de mujeres chilenas de clase media que hoy se atienden en la red de salud UC y que se verían forzadas a atenderse en clínicas privadas (inalcanzables por precio para muchas de ellas) o en los hospitales públicos.
Para evitar quitarles a estas mujeres la libertad de elegir donde quieren atenderse, sugiero que los servicios ginecológicos y obstétricos que subsidia el Estado se dividan en dos convenios, tipo 1 y tipo 2. Aquellas prestaciones de salud que constituyen un aborto o pueden llevar a un aborto se agruparían en el convenio tipo 1 y aquellas otras que no tienen ninguna relación con un aborto, que estimo son la enorme mayoría, se agruparían en el tipo 2. Así, el Estado se abstendría de celebrar convenios tipo 1 con instituciones que podrían invocar la objeción de conciencia frente al aborto y podría celebrar convenios tipo 2 con esas mismas instituciones. De paso, respetaríamos la libre elección de miles de mujeres, que podrían continuar usando la red de salud UC.
Julio Dittborn Cordua