La Tercera

UC Y OBJECIÓN DE CONCIENCIA

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SEÑOR DIRECTOR

Respecto a las opiniones de quienes rechazan que el Estado celebre convenios de atención ginecológi­cas u obstétrica­s con institucio­nes -como la UCque podrían manifestar objeción de conciencia frente al aborto, me preocupan las miles de mujeres chilenas de clase media que hoy se atienden en la red de salud UC y que se verían forzadas a atenderse en clínicas privadas (inalcanzab­les por precio para muchas de ellas) o en los hospitales públicos.

Para evitar quitarles a estas mujeres la libertad de elegir donde quieren atenderse, sugiero que los servicios ginecológi­cos y obstétrico­s que subsidia el Estado se dividan en dos convenios, tipo 1 y tipo 2. Aquellas prestacion­es de salud que constituye­n un aborto o pueden llevar a un aborto se agruparían en el convenio tipo 1 y aquellas otras que no tienen ninguna relación con un aborto, que estimo son la enorme mayoría, se agruparían en el tipo 2. Así, el Estado se abstendría de celebrar convenios tipo 1 con institucio­nes que podrían invocar la objeción de conciencia frente al aborto y podría celebrar convenios tipo 2 con esas mismas institucio­nes. De paso, respetaría­mos la libre elección de miles de mujeres, que podrían continuar usando la red de salud UC.

Julio Dittborn Cordua

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