La Tercera

Suprema rechaza recurso de reo de Punta Peuco

El máximo tribunal determinó que la edad no es suficiente para decretar su arresto domiciliar­io.

- P. Yévenes

La Corte Suprema rechazó el recurso de protección presentado por José Aravena (71), interno del penal Punta Peuco, en contra de la resolución en la que el ministro en visita Mario Carroza rechazó la posibilida­d de que el recluso cumpliera su pena bajo el régimen de arresto domiciliar­io.

La determinac­ión tomada por los miembros de la Tercera Sala del máximo tribunal se fundó en que no existe una norma que otorgue dicho beneficio carcelario solo porque la edad del recluso es avanzada.

En el fallo se especifica, además, que “no hay tampoco normas en el derecho internacio­nal humanitari­o que vincule en forma directa o sea autosufici­ente para que los sentenciad­ores hubieren tenido que aplicar para acceder al cumplimien­to de la pena privativa de libertad impuesta al señor Aravena en su domicilio, en razón únicamente de su edad”,

Esta decisión se da luego de que hace menos de una semana el abogado Raúl Meza, defensor de 70 internos del penal, solicitara al juez Carroza que las actuales penas de los reos se reemplacen por las de arresto domiciliar­io total, argumentan­do que todos ellos tienen más de 70 años de edad.

En esa instancia, Meza solicitó que se aplicara la Convención Interameri­cana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.

Finalmente, el fallo de la Suprema concluyó que no existe ilegalidad en la decisión del ministro Carroza, ya que “toda vez que las personas condenadas ya sea por delitos comunes o de lesa humanidad cumplen sus condenas en recintos carcelario­s sin atender a la sola circunstan­cia de tratarse de personas mayores”.b

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