INTERPELACIÓN AL MINISTRO DE SALUD
Recurrir a este mecanismo cada vez que una decisión del Ejecutivo no sea del agrado de la oposición desnaturaliza su sentido original y termina minando su eficacia.
La Cámara de Diputados votará hoy la solicitud de interpelación al ministro de Salud presentada por el Partido Radical y que reunió 58 firmas de la bancada opositora. Según la parlamentaria que presentó la iniciativa, la acción busca que el secretario de Estado explique las razones que llevaron a la modificación del reglamento que regula la objeción de conciencia institucional contemplada en la ley que despenalizó el aborto en tres causales. El anterior protocolo impedía que el Estado contratara servicios con entidades privadas de salud que se hubieran acogido a esa objeción, cosa que el nuevo reglamento elimina. Según la actual autoridad, la medida no altera la aplicación de la ley, la que “se va a cumplir cabalmente”, sino que únicamente modifica la relación existente entre la institución que hace uso de esa objeción de conciencia y el Estado. Sin embargo, para quienes impulsan la interpelación al ministro, con la medida “se está torciendo el espíritu de la ley”.
Lo cierto es que la decisión adoptada por el Ministerio de Salud, más allá de la polémica política desatada en los últimos días sobre cómo se originó, no solo no limita el derecho a que toda mujer que lo desee haga uso de las garantías que le ofrece la normativa, sino que acoge de mejor manera lo establecido por el Tribunal Constitucional (TC). Éste había extendido el derecho a la objeción de conciencia no solo al equipo médico sino que también a todo el personal que participa en el procedimiento e incluso a las instituciones mismas. Por ello, la modificación busca defender una garantía constitucional y, en ningún caso, pretende alterar la aplicación de la ley, por lo que resultan a lo menos dudosos los argumentos presentados por los parlamentarios que impulsaron la medida. Nuevamente este mecanismo parece ser víctima de agendas políticas personales que, a lo largo de los años han terminado por desnaturalizar su sentido y hacerle perder eficacia.
El recurso de la interpelación fue incorporado en la Constitución en la reforma de 2005, como un instrumento para que el poder legislativo tuviera herramientas para contrarrestar, aunque fuera parcialmente, el elevado poder del Ejecutivo en nuestro ordenamiento institucional. Para ello se les dio a los parlamentarios la facultad de exigir a los integrantes del gobierno una rendición de cuentas, la que debía hacerse de manera pública, de forma de que la ciudadanía también pudiera formarse una opinión. Sin embargo, en estos poco más de 12 años de existencia, el abuso de ese recurso por parte de los parlamentarios ha terminado por restarle relevancia a un instrumento que en su origen tenía una positiva motivación fiscalizadora. Hoy más que el objetivo final de la medida, que debería ser obtener respuestas efectivas de la autoridad sobre la ejecución de políticas públicas, se termina convirtiendo en un espectáculo mediático para potenciar las aspiraciones personales de algunos legisladores.
Recurrir a la interpelación cada vez que una decisión adoptada por el Ejecutivo no sea del agrado de la oposición, seguirá minando la eficacia de un instrumento que usado correctamente podría potenciar las funciones fiscalizadoras del Congreso. Más aún, como en este caso, cuando no existe alteración alguna a la aplicación de una legislación vigente, sino que solo se busca precisar un derecho garantizado por la propia Constitución y que el TC validó con su fallo.