La Tercera

Reforma a las Isapres

- Óscar Arteaga Académico y ex director de la Escuela de Salud Pública UCh

La reciente noticia de las utilidades de las Isapres ha reactivado la discusión sobre estas institucio­nes. Después de tres comisiones presidenci­ales en los últimos dos gobiernos, no se ha logrado cambiar el que las Isapres sigan discrimina­ndo a sus afiliados por sexo, edad y riesgo de salud. El ministro de Salud ha planteado que el sistema requiere cirugía mayor, comprometi­endo una propuesta de reforma, que crearía un fondo de compensaci­ón de riesgos inter-Isapres, para permitir a los afiliados cambiarse de una Isapre a otra, terminando con la cautividad de quienes tienen preexisten­cias, generando así solidarida­d dentro de este subsistema.

El argumento de la solidarida­d para justificar el fondo inter-Isapres es correcto en su orientació­n, no así su alcance acotado a solo uno de los subsistema­s de seguro: las Isapres.

En un sistema de seguridad social, entidades privadas pueden administra­r la cotización obligatori­a de salud. Sin embargo, lo que en el contexto internacio­nal ubica a Chile como un caso anómalo que vulnera los principios de la seguridad social, es que las Isapres pueden discrimina­r por riesgo individual de los afiliados. Esto último es propio de un seguro privado, pero no de la seguridad social.

Existen condicione­s para que los seguros privados (seguro de vida, seguro de auto, etc) funcionen: la probabilid­ad de ocurrencia del evento que se asegura debe ser menor a la certeza absoluta (que sería 100%); la probabilid­ad que a un individuo le ocurra ese evento debe ser independie­nte de la probabilid­ad de otros. En salud, sin embargo, existen las enfermedad­es congénitas o las crónicas en las que el evento ya ocurrió (certeza de ocurrencia absoluta), o bien, enfermedad­es transmisib­les de una persona a otra, afectando la probabilid­ad de enfermar de esta última.

Como los seguros privados son incapaces de resolver problemas derivados de la naturaleza de la salud, surgió la seguridad social como sistema que sí lo hace distribuye­ndo los riesgos individual­es en el conjunto de la sociedad. El sistema se sustenta en la obligatori­edad de todos a contribuir al financiami­ento. Al hacer esto, se desliga el riesgo individual de cada persona (condición de salud, sexo, edad) de la capacidad de contribuci­ón financiera que esa persona tiene. Así, como nos dice OMS, se plasma el valor de la solidarida­d en el sistema de salud, expresado en que los sanos financian a los enfermos, los ricos a los pobres y los jóvenes a los viejos.

En Chile, en Fonasa se encuentra la población más pobre y con peor estado de salud y, por lo mismo, con mayor necesidad de atención médica, mientras que los beneficiar­ios de Isapre correspond­en a población con más capacidad de contribuir financiera­mente al sistema y mejor estado de salud.

Volviendo, entonces, a la justificac­ión usada para el fondo inter-Isapres, resulta evidente que el principio de solidarida­d adquiere su verdadero valor solo si la reforma del seguro de salud se plantea para el conjunto del sistema (Isapres y Fonasa). Acotar el arreglo solo a las Isapres sería institucio­nalizar definitiva­mente un sistema dual, con un seguro de salud para ricos y otro para pobres. Eso no es solidarida­d, sino que segregació­n social y, ciertament­e, sería un retroceso en la integració­n social que nos demanda el camino hacia el desarrollo.

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