Fallo en favor de Dominga
El Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta resolvió -por unanimidadacoger la apelación que Andes Iron, propietaria del proyecto minero-portuario Dominga, había presentado ante el rechazo de que fue objeto la iniciativa por parte del Consejo de Ministros. Conforme el fallo, se pudo acreditar una serie de actuaciones ilegales, como el escaso tiempo para el estudio de los antecedentes en dicho Comité; o la insuficiente fundamentación de seremis al momento de justificar su voto en contra en la Comisión de Evaluación Ambiental (CEA). Ante ello, el tribunal ordenó retrotraer el proceso a la fase de CEA.
Los vicios detectados por el tribunal reafirman que en la tramitación ambiental de Dominga terminaron por prevalecer consideraciones políticas -lo que no podría ser más evidente cuando a raíz de ello renunció todo el equipo económico del anterior gobierno-, pasando por alto que el proyecto había logrado una calificación ambiental favorable por parte del organismo técnico regional. Este fallo permite que Dominga siga tramitándose conforme las reglas de un debido proceso.
Para un adecuado funcionamiento del estado de derecho, es esencial permitir que la institucionalidad funcione sin interferencias. Los tribunales ambientales se crearon por ley precisamente para asegurar una instancia más imparcial en los procesos de evaluación ambiental. Las destempladas críticas de que ha sido objeto el tribunal en relación con Dominga, y las exigencias de sectores políticos para que se cambie la legislación ambiental -simplemente porque el fallo no fue de su agrado-, una vez más atropellan el principio de que las resoluciones judiciales deben acatarse, alterando las reglas vigentes.