DESMUNICIPALIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN
SEÑOR DIRECTOR
En entrevista del sábado, Rodrigo Egaña, actual Director de Educación Pública, manifestó su opinión sobre la imposibilidad de que los municipios que presten un servicio educacional de excelencia puedan postergar de manera indefinida el traspaso de dicho servicio al Servicio Local de Educación que les correspondería. Sobre el punto, algunos comentarios son pertinentes.
No hay argumento conforme al tenor literal de la ley que lleve a la conclusión de que todos los municipios deberán haber traspasado su servicio educacional, con todos sus bienes, al año 2030. Dicho plazo fatal del artículo 6° transitorio lo es para efectos de que entren en funcionamiento los Servicios Locales de Educación de todo el país, pero de ello no se sigue que en tal plazo se pondrá fin a todas las postergaciones de traspaso de servicio conforme al artículo 10° transitorio de la misma ley. Además, conforme a las atribuciones que la ley les otorga, los Servicios Locales están facultados para abrir nuevos establecimientos distintos de los que, en principio, recibirán de los municipios, por lo que incluso frente a la postergación indefinida de estos, los Servicios Locales operarán y podrían ampliar la oferta educativa.
Finalmente, si tenemos a la vista que el objetivo último de todas las reformas es velar por la calidad de la educación para los estudiantes, el mismo se ve perfectamente resguardado. Esto es así por cuanto la postergación solo se concede y se mantiene en el tiempo mientras que el municipio conserve un altísimo estándar de orden financiero y resultados educativos sobresalientes que lo justifiquen. La presencia de tales resultados demuestra que el municipio solicitante no se encuentra en necesidad de ser subrogado por el Servicio Local para beneficio de los estudiantes, pues por sí mismo cumple a cabalidad con la entrega de un servicio de excelencia.