Panne legislativa
PREOCUPA QUE SIGAMOS FUNDANDO LA RESTRICCIÓN EN UN PAR DE ARTÍCULOS DE LA LEY DEL TRÁNSITO, INSUFICIENTES PARA IMPONER UN PLAN DE GESTIÓN DEL TRANSPORTE URBANO.
Mi auto es del año 2009. La verdad es que está bastante apolillado, pero cumple dignamente el propósito de llevarme a donde necesito llegar (incluso a Tongoy). Entiendo que mi uso de este vehículo debe sujetarse a todas las razonables limitaciones legales que imponga el bien común. Me declaro a favor de políticas públicas que buscan desincentivar el empleo del automóvil (fortalecimiento del transporte público, ampliación de la red de ciclovías, tarificación de vías saturadas, etc.). Miro con simpatía, además, la introducción de autos eléctricos y de impuestos más altos para los combustibles más contaminantes.
Quedando descartado –entonces- que yo pudiera estar hablando desde un propietarismo absoluto o de que soy un sujeto insensible a los problemas de la contaminación, quisiera criticar la forma en que se ha puesto en marcha la nueva restricción para catalíticos en Santiago.
Desde un punto de vista jurídico, me preocupa que tras 30 años aplicando la restricción, sigamos fundándola en un par de artículos de la Ley del Tránsito, que no son base suficiente para delinear e imponer un plan de gestión del transporte urbano.
Ya en 1993, se intentó incorporar una norma en la ley N° 19.300, de Bases del Medio Ambiente, estableciendo un sistema reglado para la aplicación de la restricción. Más cerca todavía, en julio de 2015, varios senadores presentan una moción que reglamenta de manera completa y robusta esta prohibición. Pese a que fue aprobada en general por el Senado en junio de 2016, ahí se quedó. En panne, en la mitad de la nada.
La verdad es que el gobierno anterior prefirió apostar a la vía administrativa. Luego de algunos corcoveos, la Contraloría terminó aceptando el plan general que incluye esta restricción. Teniendo máxima consideración por la versación jurídica del contralor, pienso que, en este caso, su examen de legalidad fue demasiado indulgente.
Siendo, como lo soy, un ciudadano obediente, declaro desde ya que cumpliré estrictamente la prohibición de marras. Por lo mismo, cada vez que toque restricción al dígito 2 mi cacharrito se quedará descansando en la casa o se moverá fuera del anillo de la Circunvalación. Lamentaré, sí, una medida que perjudica a las familias que no pueden comprar un auto más nuevo o un segundo o tercer vehículo. Me atrevo a pensar en voz alta que si algún ciudadano es multado por olvidar esta restricción permanente a los catalíticos, y su asunto queda radicado en un juzgado de Policía Local, tendría posibilidades interesantes de conseguir que el TC declare inaplicables al caso concreto los artículos de la Ley del Tránsito que se invocaron para esta restricción. Para que no se piense que me ando promoviendo para esa pega (despliegue publicitario vedado por nuestro Código de Ética), adelanto que no alegaré ni informaré al respecto. Lo que no me pueden prohibir, en todo caso, es que mire con simpatía si algún otro colega se anima.