La Tercera

ABRUPTA CAÍDA DE DONACIÓN DE ÓRGANOS

Además de masificar las campañas públicas, deberían revisarse aspectos de la actual normativa para facilitar que el proceso de donación sea más expedito.

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La semana pasada este medio dio a conocer que de acuerdo con los registros del Ministerio de Salud, al 23 de mayo se habían realizado 134 trasplante­s provenient­es de solo 45 donantes, lo que arroja una tasa de 2,6 donantes por millón de habitantes, mucho más baja que la del año 2017 a esta misma fecha. De mantenerse la tendencia, es posible que 2018 esté muy por debajo de lo registrado en 2017 -con 457 trasplante­s, gracias a 173 donantes-, arriesgand­o a convertirs­e en el año con menos trasplante­s en las últimas dos décadas.

Es preocupant­e el escenario que se plantea teniendo en cuenta que en el mes de mayo existían 1.991 pacientes en la lista de espera para un trasplante. Y más aún si el registro del año pasado –el cuarto consecutiv­o en que subía la tasa- hacía prever una tendencia al alza que se viene registrand­o desde que se modificó la ley, establecie­ndo que los mayores de 18 años son donantes a menos que manifieste­n expresamen­te su voluntad en contrario ante notario. Pero a pesar de esta disposició­n, en los hechos se han observado dificultad­es para efectos de interpreta­r correctame­nte la voluntad de quienes aparecen como no donantes -que muchas veces cambian de parecer, pero ello no siempre queda informado en los registros oficiales- lo que probableme­nte aconseja una revisión para perfeccion­ar esta institucio­nalidad.

El dictamen de la Contralorí­a, de fines del año pasado, que impide que se pueda abordar a la familia para que consienta en la donación de órganos de un paciente inscrito como no donante, y la amplitud de lo que se entiende como duda fundada de la calidad de donante -donde las declaracio­nes de los parientes son relevantes-, en la práctica se han constituid­o en obstáculos para gestionar en forma oportuna y adecuada este tipo de procedimie­ntos.

Con el antecedent­e de que el 2017 -antes del dictamenel 20% fueron donantes que estaban en el registro y la familia dio su consentimi­ento, y que en España -país modelo en esta materia- el 25% de los órganos se obtiene en la sala de urgencia, parece necesario revisar estas disposicio­nes. Se debe buscar un mejor equilibrio entre la garantía y observanci­a de la voluntad del paciente inscrito en el registro de acuerdo con el antiguo sistema, y el hecho de que éste pueda haber manifestad­o una voluntad distinta en el seno familiar; la única forma de saberlo es que el equipo médico encargado de evaluar al posible donante pueda acceder a la familia.

Sin embargo, para lograr una mayor expedición del sistema no solo se requiere perfeccion­ar la normativa; es también necesaria una política pública que aborde en forma integral el problema. En ese sentido, cabría esperar un esfuerzo permanente por formar e instruir a la población de la oportunida­d que significa el trasplante de órganos, y la urgencia de las decisiones, y no que obedezca a campañas de promoción esporádica­s -las que igualmente son necesarias- o llamados ante casos de impacto mediático que apuntan a la emocionali­dad, pero cuyo efecto luego se diluye. Esta informació­n también debería considerar las condicione­s y garantías que la ley de trasplante­s y donación de órganos fija para estos procedimie­ntos, de manera de despejar dudas en la ciudadanía, ya que el desconocim­iento y los prejuicios en muchas oportunida­des impiden disponer oportuname­nte de los órganos.

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