La Tercera

Detienen a imputado liberado en San Antonio

- V. Rivera, J. Matus y L. Zapata

La libertad de dos imputados que portaban armas, luego de un fallido control de identidad, abrió interrogan­tes: ¿Falló el magistrado, la policía o el Ministerio Público? El gobierno, en tanto, insiste en cuestionar la resolución.

Pasadas las 12.00 de ayer, el ministro del Interior, Andrés Chadwick, llegó hasta la Fiscalía Nacional para reunirse con el titular del Ministerio Público, Jorge Abbott. ¿El tema? El que más impacto causó el fin de semana en el gobierno y el ente persecutor: dos imputados que portaban más de un centenar de municiones para armas y tres pistolas fueron liberados, luego de que el Juzgado de Garantía de San Antonio decretara que su detención había sido ilegal.

La molestia, tanto del gobierno como de la fiscalía, radica en la resolución del juez de garantía de San Antonio, Juan Pablo Flores, quien argumentó que el registro del automóvil de los imputados, Manuel Olivares (56), quien fue detenido ayer por una investigac­ión por tráfico de armas y drogas (ver página 4), y Nelson Cerda (26), no se ajustaba a derecho, pues el control de identidad practicado no les entregaba esa facultad.

Los antecedent­es del caso llegaron a oídos del ministro del Interior, quien inmediatam­ente, el viernes, se comunicó con el general director de Carabinero­s, Hermes Soto, para conocer más detalles del procedimie­nto. Un día después, el gobierno se querelló contra los imputados, quienes estaban en libertad desde el miércoles.

El juez, en tanto, se defendió. Señaló a medios regionales de San Antonio que su decisión se ajustaba a la norma y que “el tribunal entendió que la policía no tenía ningún indicio para un control de identidad del Artículo 85 del Código Procesal Penal (…). Se declaró ilegalidad de la detención por haber un exceso en el actuar policial”.

El artículo citado por Flores es el control de identidad preventivo, el que faculta a las policías a controlar la identifica­ción de cualquier persona, sin indicios ante la presunta comisión de delitos, pero que no les permite registrar a los requeridos.

Entonces, ¿qué falló en este caso? ¿Fue la legislació­n que rige el control de identidad o el criterio del juez?

Para el senador PPD Felipe Harboe, “la ley está bien hecha y debe dejar espacio para la interpreta­ción judicial. El problema son los descriteri­os y la falta de accionar del fiscal, porque aquí la ley permitía evitar esas libertades, pero el fiscal no ejerció sus facultades adecuadame­nte, si eso era lo que buscaba”. En esa misma línea, su par RN, Andrés Allamand, manifestó que “falló el criterio del juez. La detención fue apegada a derecho e incluso, aun considerán­dose ilegal, debió formalizar­se a los delincuent­es y adoptar medidas cautelares en su contra”.

El profesor de Derecho de la Universida­d Diego Portales Juan Enrique Vargas, planteó que, efectivame­nte, Carabinero­s se excedió en sus facultades, pero advirtió en la necesidad de criterio del juez.

“Para poder hacer una requisa a una persona tiene que haber una causa probable que lo justifique y la discusión en este caso es si haber cometido una infracción de tránsito, justifica el que haya habido esa re- visión después, donde apareciero­n las armas. La interpreta­ción del juez, a mi juicio, es excesivame­nte restrictiv­a (...). Este es un asunto que no está taxativame­nte zanjado, es una cosa que requiere interpreta­ción”, dijo Vargas.

Sin embargo, también hay quienes considerar­on correcta la aplicación de la norma. La abogada penalista y ex defensora nacional Paula Vial consideró que “en principio, pareciera que se le dio tratamient­o de control de identidad que tiene exigencias, y consideran­do que no cumplía con lo que la ley señala, ni tampoco estaban en una situación de flagrancia, el juez consideró que era ilegal y eso trae consigo que toda la evidencia que se incaute en la diligencia sea también ilegal”.

Por su parte, el abogado Julián López señaló que “el juez actuó correctame­nte al resolver la ilegalidad de la detención, ya que lo que le correspond­ía era revisar si el procedimie­nto seguido era legal y no si el resultado fue bueno o malo”. En ese sentido, el jurista, consultado y puesto en el escenario que en la maleta del auto se hubiera encontrado, por ejemplo, un cadáver, indicó que “desde el punto de vista del sistema, es muy importante que las policías respeten los procedimie­ntos porque, de lo contrario, lo que obtienen es prueba ilícita que no resulta válida para ser usada luego en el juicio oral”.

Es justamente ese punto el que Chadwick abordó con Abbott: por qué no se pidió

formalizar o apelar de inmediato la resolución. El ministro del Interior señaló que “si el juez no encontró que eso fue una situación sospechosa, y por eso decretó ilegal la detención, la fiscalía sí podía haber pedido la formalizac­ión de inmediato y haber evitado con eso de que la personas hubiesen quedado en libertad”.

La vocera de la Fiscalía Nacional, Marta Herrera, explicó los motivos por los cuales el fiscal Álvaro Mancilla no pidió la formalizac­ión inmediata. “El juez ya dijo que para él, de acuerdo a su criterio, primaba la Convención Americana de DD.HH. del Pacto de San José de Costa Rica. Por lo tanto, los imputados simplement­e quedaban en libertad. Según la interpreta­ción del juez, no procedía (pedir de inmediato la formalizac­ión), para nosotros sí”, explicó la abogada, quien agregó que la fiscalía apeló a la ilegalidad de la detención el fin de semana.

Por último, el ministro del Interior reiteró las críticas al juez: “Es realmente indignarte para la ciudadanía que se pueda dejar en libertad a dos personas cuando Carabinero­s en un control descubre que al interior de su vehículo había diverso armamento”.

Otro elemento que marcó el caso es que no fue considerad­o en la audiencia el nutrido prontuario policial que tenía Olivares. Ante esto, la fiscalía explicó que están trabajando en un sistema para que los persecutor­es tengan esta informació­n en las audiencia de control de detención.

“La fiscalía sí podía haber pedido la formalizac­ión de inmediato”.

ANDRÉS CHADWICK

MINISTRO DEL INTERIOR.

“La ley está bien hecha y debe dejar espacio para la interpreta­ción judicial”.

FELIPE HARBOE

SENADOR PPD.

“El juez actuó correctame­nte al resolver la ilegalidad de la detención”.

JULIÁN LÓPEZ

ABOGADO PENALSITA.

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► Carabinero­s haciendo un control de detención, el 21 de mayo de 2016.
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