La Tercera

El fallo con que la Corte Suprema marcó su postura

Los jueces anularon el caso contra una persona detenida con armas blancas, por considerar ilegal la detención.

- J. Matus y P. Basadre

Luego de que el 30 de mayo un juez de garantía de San Antonio declarara ilegal la detención de dos personas que portaban armas en el maletero de su auto y los dejara libres, señalando que Carabinero­s no tenía indicios para registrar el vehículo de los imputados, ayer la Corte Suprema dio a conocer un fallo en que se abordó un caso de similares caracterís­ticas y que dejó de manifiesto la postura del máximo tribunal en la materia.

El 28 de mayo, los ministros de la Segunda Sala de la Corte Suprema, Milton Juica, Carlos Künsemülle­r, Lamberto Cisternas, Manuel Valderrama y Jorge Dahm, acogieron un recurso de nulidad presentado por el abogado del condenado Alejandro Avendaño Donoso, el que fue sorprendid­o con un arma blanca en octubre del año pasado. ¿La razón? Considerar­on que el control de identidad realizado por Carabinero­s, y que originó el procedimie­nto, fue ilegal y con un actuar arbitrario. De esta forma, se anuló el juicio y la condena en su contra.

“El único hecho cierto que motiva el control de identidad efectuado por la policía es que dos personas se encuentran vestidas con ropas oscuras lo hacen estando en las proximidad­es de vehículos, hecho que no tiene la entidad de constituir­se en un indicio que faculte a la policía a proceder como lo hizo”, señala la resolución judicial.

En esa línea, se agrega que “el apreciar a un sujeto vestido de oscuro en un lugar determinad­o carece de toda relevancia y no permite, sin otro elemento calificant­e (...), proceder a efectuar la detención y registro de aquella persona”.

Por ello, según los ministros de la Suprema, la policía en este caso “se desempeñó fuera de su marco legal y de sus competenci­as” y estimaron que “toda la evidencia recogida en el procedimie­nto respecto de Alejandro Avendaño resulta ser ilícita, al haber sido obtenida en un proceder al margen de la ley”.

Este caso fue dado a conocer por la Corte Suprema el mismo día en que se intensific­aron los cuestionam­ientos al juez de garantía de San Antonio que liberó a los dos imputados a quienes se les encontró armamento y munición la semana pasada. Esta causa motivó una reunión ayer entre el fiscal nacional, Jorge Abbott, y el ministro del Interior, Andrés Chadwick.

Alejandro Avendaño, el hombre que fue absuelto por la Corte Suprema, registra antecedent­es penales de robo con violencia, abuso sexual y violación en 2010; hurto en 2007 y 2005; robo por sorpresa en 1998; además de hurto en 1997 y 1990.

Al respecto, el diputado RN Gonzalo Fuenzalida dijo que “si la Suprema quiere dar una señal de respaldo a la decisión del juez de garantía de San Antonio, está dando una señal equivocada y nuevamente falta de criterio”.

Asimismo, indicó que “el desafío que tenemos, legislativ­amente, es definir lo que se entiende por indicio y no dar a la interpreta­ción de cada tribunal lo que entiende por indicio, porque hoy esta interpreta­ción esta llevando a que personas armadas que tienen antecedent­es, que han sido detenidos e incluso condenados por otros delitos, puedan salir libres”. ●

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► Fachada de la Corte Suprema, en el centro de Santiago.

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