La Tercera

EDITORIAL

Es un avance que el país esté evaluando introducir nuevas sanciones en materia de cohecho, ante el rezago que presenta nuestra legislació­n.

-

El ministro de Justicia ha señalado que enviará una indicación al proyecto -presentado en 2016- que se está analizando en la comisión mixta del Congreso, relativo al endurecimi­ento de penas por delitos de corrupción, anticipand­o que agravará las penas por los delitos de soborno y cohecho. Es una buena señal la concurrenc­ia del Ejecutivo en el perfeccion­amiento de esta reforma, respaldand­o el camino legislativ­o que se ha seguido, y que pretenda a la brevedad presentar su propuesta con el objeto de disponer en el corto plazo de normas adecuadas y disuasivas ante este tipo de delitos. En forma especial, adquiere urgencia ante las dudas que han generado en la opinión pública las actuacione­s de autoridade­s en el ejercicio de sus funciones, en la interacció­n con particular­es y en las actividade­s entre éstos.

La necesidad de dichos cambios está recogida en el informe sobre probidad elaborado por la comisión Engel, en cuyas conclusion­es se advertía “la existencia de penas relativame­nte bajas para delitos contra la probidad, tanto en comparació­n con otros países como en lo que respecta a otros delitos en Chile” y que “se mantienen vacíos legales en la tipificaci­ón de algunos delitos reconocido­s como tales en otros países y en la Convención de la Naciones Unidas contra la Corrupción”. Asimismo, proponía “revisar la tipificaci­ón, penas y prescripci­ones respecto a delitos de corrupción, de acuerdo con estándares y recomendac­iones de organismos internacio­nales”.

La propia Convención subraya en su preámbulo “la gravedad de los problemas y las amenazas que plantea la corrupción para la estabilida­d y seguridad de las sociedades al socavar las institucio­nes y los valores de la democracia, la ética y la justicia y al compromete­r el desarrollo sostenible y el imperio de la ley”, lo cual da cuenta de la relevancia de contar con un marco legal sólido, moderno y eficiente en el rol disuasivo y sancionato­rio de estas prácticas.

A la luz de las considerac­iones anteriores, constituye un avance que se endurezcan las penas y se creen nuevas figuras delictivas, en especial que se pueda extender la represión penal a situacione­s ocurridas entre privados. Una de las mayores deficienci­as detectada en el actual sistema es que el castigo al cohecho implica sanciones muy leves, que no guardan proporción con la gravedad de algunas situacione­s. Sin embargo, es importante que el agravamien­to de penas conjugue bien el delicado equilibrio que supone ser un disuasivo efectivo, sin incurrir en una desproporc­ión -en relación con el resto de nuestra arquitectu­ra penal- que lleve a situacione­s que luego puedan ser objeto de una impugnació­n constituci­onal. Ello es particular­mente cierto cuando se introducir­án nuevos tipos penales, como ocurre en la reforma propuesta, que en algunos casos implicarán penas merecedora­s de cárcel.

También es relevante que los cambios que se introducir­án a la ley de responsabi­lidad penal de las personas jurídicas se evalúen con especial detención, ya que agravarla o extenderla puede tener efectos más allá de los buscados para combatir actos de corrupción.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Chile