La Tercera

Caso Vergara: Suprema ordena realizar nuevo juicio oral

Tras acoger el recurso de nulidad, la desaparici­ón de José Vergara fue recalifica­da como secuestro.

- Alejandra Lobos

En un fallo unánime, la Corte Suprema acogió un recurso de nulidad en contra de la sentencia del Tribunal Oral de Iquique que condenó a cuatro exfunciona­rios de Carabinero­s por el delito de detención ilegal de José Vergara Espinoza, de 23 años, quien se encuentra desapareci­do desde el 13 de septiembre de 2015. El nuevo juicio oral podría comenzar en la segunda quincena de agosto.

Los magistrado­s de la Segunda Sala Penal, estimaron los jueces del Tribunal Oral de Iquique, erraron al calificar el tipo penal como una detención ilegal y no secuestro. En el fallo se estipula que “en relación a las figuras penales de secuestro y detención ilegal que se abordan en los recursos, la doctrina ha señalado que el secuestro castiga a quien sin derecho encerrare o detuviere a otro privándolo de su libertad, siendo los principale­s bienes jurídicos protegidos la seguridad individual y la libertad ambulatori­a, lo que se traduce en la incapacida­d del sujeto para trasladars­e de un lugar a otro”, indican.

Los magistrado­s de la Corte Suprema estimaron que los exfunciona­rios de Carabinero­s que efectuaron la detención de José Vergara se apartaron notoriamen­te de la normativa que están obligados a respetar y cumplir y que regula las detencione­s hechas por la policía. “Al faltar a la verdad en la comunicaci­ón a Cenco, afirmando que al llegar al lugar, que correspond­e al domicilio del afectado este se había retirado del lugar y no se encontraba en el domicilio, en circunstan­cias que de allí lo habían sacado, y adulterar, es decir, falsificar la hoja de ruta de la patrulla, que si bien no es un instrument­o público desempeña -sin duda- un rol fundamenta­l en el control de la circulació­n del vehículo policial”, lo que implica que los imputados no cumplieron con sus funciones y no realizaron ninguna actuación que pudiera evidenciar su buena fe, dice la resolución.

La fiscal de la causa, Virginia Aravena, se mostró satisfecha por la resolución. “Lo resuelto es lo que el Ministerio Público ha sostenido desde el primer momento, esto es, que los hechos ocurridos son particular­mente graves y que se enmarcaron en el tipo penal de secuestro y no otra figura”.

El abogado querellant­e de la familia del desapareci­do, Matías Ramírez, dijo que el fallo es inédito y marca un precedente. “Es la primera vez que en democracia la Corte Suprema se pronuncia sobre una desaparici­ón forzada y anula un fallo que era una aberración en materia de la defensa de derechos humanos”. ●

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► Personal de Investigac­iones en operativo de búsqueda

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