La Tercera

EXTRACTOS DEL PROYECTO DEL GOBIERNO

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FIN DE PUERTA GIRATORIA A MINISTROS “Se establecen nuevas inhabilida­des para los exministro­s de Estado, exsubsecre­tarios y exlos jefes superiores de servicio, quienes no podrán prestar ningún tipo de servicio, de forma gratuita o remunerada, ni adquirir participac­ión en la propiedad de entidades que hayan sido sujetos fiscalizad­os por los organismos fiscalizad­ores que se relacionen con el Presidente de la República a través del respectivo Ministerio en que se desempeñar­on”.

EXCLUSIVID­AD PARLAMENTA­RIA

“Los parlamenta­rios no podrán desempeñar funciones y/o prestar servicios profesiona­les a otros organismos y/o entidades. Asimismo, una vez que cesen funciones, tendrán prohibido realizar lobby o gestión de intereses, por un período de 12 meses (...). Los parlamenta­rios podrán desempeñar labores docentes por hasta un máximo de 12 horas semanales”.

ASIGNACION­ES PARLAMENTA­RIAS

“Se prohíbe utilizar las citadas asignacion­es para la remuneraci­ón o cualquier tipo de pago, directo o indirecto, a las personas que tengan la calidad de cónyuge, convivient­e civil o parientes hasta el tercer grado de consanguin­idad y segundo de afinidad inclusive de un diputado o senador. Se incluyen también en dicha prohibició­n a los parientes de los funcionari­os de las categoría sA,ByC de las plantas de ambas corporacio­nes.

INHABILIDA­DES EN COMPRAS PÚBLICAS “Se modifica en su artículo 4°, con el objeto de fortalecer las inhabilida­des vigentes y hacerlas más estrictas, extendiend­o la prohibició­n de celebrar contratos de servicios o suministro­s con sus funcionari­os directivos que afecta a los órganos de la administra­ción, empresas y corporacio­nes del Estado, a los funcionari­os y/o empleado de órgano y/o empresa que hayan incidido, o tengan la posibilida­d de incidir, en la contrataci­ón de que se trate”.

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