La Tercera

Un instructiv­o ordena cómo indagar los abusos en la Iglesia

Mediante un instructiv­o interno, el Ministerio Público entregó herramient­as de acción a los persecutor­es frente a la ola de casos que involucran al clero.

- Javiera Matus y Leyla Zapata

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Cuando la Fiscalía Nacional dio a conocer el catastro de los casos de abuso sexual al interior de la Iglesia, el lunes reciente, el mensaje del jefe de la Unidad de Delitos Sexuales, Violencia de Género y Derechos Humanos, Luis Torres, fue claro: “Que se investigue con rigurosida­d todos los delitos sexuales; que todas las fiscalías del país llamen a denunciar, ya que es la única manera de conocer la informació­n. La instrucció­n es investigar todas las denuncias, estén o no prescritas”.

Con protocolo

En esa ocasión, Torres señaló que el Ministerio Público había elaborado un protocolo exclusivo para abordar en general los casos, el cual, dijo, “tiene por objetivo fortalecer la persecució­n penal y garantizar una respuesta coherente a las víctimas”.

La Tercera tuvo acceso al documento de ocho páginas de uso interno y carácter reservado, que fue enviado ayer vía correo electrónic­o a cada uno de los fiscales regionales del país, en el que se hace hincapié en un punto que hasta ahora no tiene precedente­s, que es la investigac­ión de delitos eventualme­nte prescritos.

El punto está contenido en el segundo acápite del documento, rotulado “Época de comisión de los hechos”, el cual instruye a los persecutor­es aplicar los lineamient­os en la totalidad de casos ingresados al Ministerio Público, “sin límite temporal respecto de la fecha de comisión de las conductas delictivas”.

De esta forma, “se establece la necesidad de realizar actividade­s investigat­ivas y protección de víctimas en toda causa iniciada, postergand­o la decisión sobre el término por prescripci­ón de la acción penal o incompeten­cia ante juzgados del crimen o civiles con competenci­a en estas materias”.

La idea es “ejercer de mejor forma la persecució­n penal, al buscar determinar la comisión de hechos posteriore­s que sí sean de competenci­a del actual sistema de justicia penal, o que hayan provocado el efecto de interrumpi­r la prescripci­ón”.

Con esto, las fiscalías podrán

“La instrucció­n es investigar todas las denuncias, estén o no prescritas”.

LUIS TORRES,

DEL. SEXUALES F. NACIONAL

rastrear a personas investigad­as, hacer cruces de informació­n respecto de lugares donde ejercieron funciones, si eventualme­nte su nombre se repite en diferentes regiones y si es posible identifica­r otros hechos que permitan interrumpi­r la prescripci­ón.

El documento entrega, además, directrice­s de cómo se realizará la persecució­n penal. Señala que las investigac­iones que la fiscalía inicie de oficio, es decir, por iniciativa del persecutor, deben identifica­r a las víctimas y que en caso que estas sean “adultas, se requiere que ellas denuncien o ratifiquen los hechos. Si esto no ocurre, no se podrá continuar con la investigac­ión”.

Solicitude­s al Vaticano

El escrito plantea también cómo hacer los requerimie­ntos de informació­n a Roma, acción que hasta ahora ejercieron las fiscalías Metropolit­ana Sur, La Araucanía y Valparaíso, los cuales serían enviados la próxima semana a través de la Unidad de Cooperació­n Internacio­nal de la fiscalía nacional, vía Cancillerí­a.b

“Víctimas adultas deben ratificar hechos. Si no, no continuar investigac­ión”.

INSTRUCTIV­O INVESTIGAC­IONES DE OFICIO

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► Entrada y registro del OS-9 de Carabinero­s al Arzobispad­o de Santiago.

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