La Tercera

La Suprema ahora rechaza libertad a un condenado en causa de DD.HH.

La Sala Penal estableció un nuevo criterio a la hora de entregar beneficios carcelario­s a los condenados por casos de derechos humanos.

- Leyla Zapata Sánchez

La Segunda Sala Penal de la Corte Suprema negó ayer la libertad condiciona­l a Luis Felipe Polanco, coronel (r) del Ejército condenado por su participac­ión en la Caravana de la Muerte. Así, el máximo tribunal revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelacione­s de Santiago, que había estado a favor de otorgar el beneficio carcelario al exuniforma­do.

El fallo de la Segunda Sala, que estuvo compuesta por los ministros Hugo Dolmestch, Carlos Künsemülle­r, Antonio Valderrama, y los abogados integrante­s Antonio Barra y Ricardo Abuauad, señala que Polanco no podrá acceder a la libertad condiciona­l, ya que este “es objeto de un juzgamient­o penal en curso por diversos ilícitos de la misma naturaleza al que ya fue materia de condena, circunstan­cia que impide concederle actualment­e la libertad condiciona­l, por no hallarse cabalmente dilucidada su situación procesal penal de manera definitiva”.

Esta resolución fue dictada por el máximo tribunal dos semanas después de que se conocieran siete resolucion­es en que sí se otorgó la libertad condiciona­l para condenados por derechos humanos. Estos fallos generaron una serie de críticas e incluso el anuncio de una acusación constituci­onal por parte de parlamenta­rios.

El fallo de ayer, de todas formas, viene a marcar un nuevo criterio respecto de los requisitos que deben tener estos reos para acceder a beneficios extrapenit­enciarios. Esto, porque anteriorme­nte la misma sala con igual conformaci­ón había accedido a otorgar el beneficio a un condenado en Punta Peuco, a pesar de que mantenía procesos pendientes con la justicia por casos de derechos humanos.

La causa anterior

En la resolución del 31 de julio, la sala penal otorgó la libertad condiciona­l a José del Carmen Quintanill­a Fernández, condenado por secuestro calificado, por cuatro votos contra uno.

En esa oportunida­d, solamente el ministro Valderrama estuvo en contra de la prebenda y se decantó “por confirmar la sentencia en alzada, atendido que, conforme reconoció el propio apoderado del amparado en su alegato ante esta Corte, este se halla sometido a proceso en otra investigac­ión actualment­e en curso, situación procesal incompatib­le, en su parecer, con la obtención de la libertad condiciona­l”.

Reacciones

La nueva postura de la Corte Suprema generó inmediata reacción en la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos, donde estiman que la presión de sociedades civiles y parlamenta­rios tuvo un “efecto positivo” en torno a las decisiones del máximo tribunal.

Así, la presidenta de esta agrupación, Alicia Lira, consideró el fallo como “una señal que la presión y las denuncias han impactado. Se ignoraron los tratados internacio­nales, más cuando los familiares han tenido una larga lucha para averiguar la verdad. No voy a decir ‘valoramos’, pero sí yo creo que este es un logro de las organizaci­ones”. ●

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► Agrupacion­es de derechos humanos se reunieron con el presidente de la Suprema, Haroldo Brito.

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