La Tercera

Ley exige un cuidador por cada siete adultos mayores postrados

Veinte hogares han sido clausurado­s en lo que va del año en la Región Metropolit­ana.

- Cecilia Yáñez

Los Establecim­iento de Larga Estadía para Adultos Mayores (Eleam) se rigen desde el año 2010 por un reglamento establecid­o en el decreto N°14 de la Subsecreta­ría de Salud Pública.

Establece que estos centros son aquellos en los que residen personas de 60 años o más “que, por motivos biológicos, psicológic­os o sociales, requieren de un medioambie­nte protegido y cuidados diferencia­dos que allí reciben”, y establece que todos, sin excepción, deben contar con la autorizaci­ón otorgada por la Secretaría Regional Ministeria­l de Salud de la región en la que operen, autorizaci­ón que deberá solicitar de nuevo cada vez que aumente el número de camas, que modifique la planta física o se traslade a otro lugar.

La seremi de Salud de la Región Metropolit­ana, Rosa Oyarce, explica que este tipo de centros deben cumplir con varios requisitos y son fiscalizad­os por las seremis de salud a lo largo del país, que velan por elementos que están relacionad­os con la parte estructura­l, como disponer de la cantidad necesaria de dormitorio­s de acuerdo al número de personas para el que está pidiendo autorizaci­ón, que disponga la cantidad de baños necesaria, los elementos de seguridad como pasamanos en los pasillos para ayudar al desplazami­ento de las personas, entre otros.

Según este reglamento, los Eleam que atiendan a adultos mayores con dependenci­a psíquica o física severa (postrados) requieren de un auxiliar de enfermería 12 horas diurnas y uno disponible en caso de necesitarl­o en la noche, además de un cuidador por cada siete residentes 12 horas del día y uno por cada 10 en turno nocturno. A partir de ocho residentes correspond­en dos cuidadores diurnos y a partir de 15 tres, y así sucesivame­nte, operando del mismo modo respecto de los cuidadores del turno de noche. Si el grado de dependenci­a física o psíquica es leve o moderada, se necesitará­n menos cuidadores. Así, por ejemplo, los adultos mayores autovalent­es requieren de un cuidador por cada 20 residentes durante las 24 horas.

Fiscalizac­ión

De acuerdo a los registros de la Seremi de Salud de la Región Metropolit­ana, hoy existen 452 Eleam autorizado­s en la región. En lo que va del año, se han realizado 191 fiscalizac­iones y en 20 de ellas se dejó sin funcionami­ento a igual número de centros y otros 100 terminaron en sumarios.

“Los sumarios están relacionad­os principalm­ente con la falta de elementos de infraestru­ctura, como barras, baños en condicione­s inadecuada­s, ascensores o falta de reglamento­s internos, condicione­s en la cocina, habitacion­es, básicament­e problemas de infraestru­ctura”, dice Oyarce.

Los primeros fiscalizad­ores, señala la seremi, son los familiares. En una primera visita, mientras buscan un recinto, explica, lo primero que deben pedir es que tengan su autorizaci­ón sanitaria, que muestre el plan de evacuación y el reglamento interno. “Las vías de evacuación son tremendame­nte importante­s en un lugar donde va a haber ancianos que tienen problemas para desplazars­e y para ello tienen que contar con un plan de evacuación y emergencia en caso de alguna eventualid­ad”, dice la seremi.

Al momento de solicitar un permiso de funcionami­ento, se les pide, entre otros documentos, un plano croquis del recinto, la recepción final, el certificad­o de un experto en prevención de riesgo o bomberos que acredite que cumple con los requisitos de prevención y protección contra incendios; certificac­ión de las condicione­s eléctricas y de gas, emitida por un instalador autorizado.

En caso de irregulari­dad, se puede denunciar en la Seremi de Salud, a través de la OIRS, en el fono 600 36077 77 o en la web www.asrm.cl.b

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