La Tercera

Justicia avala multas por uso de Airbnb en edificios

Corte de Apelacione­s rechazó recurso de protección de un propietari­o sancionado por su comunidad.

- Héctor Basoalto

La aplicación que permite arrendar propiedade­s habitacion­ales a turistas sufrió un revés el día de ayer. Ello, pues la Séptima Sala de la Corte deApelacio­nes de Santiago rechazó, de forma unánime, un recurso de protección presentado por un propietari­o del edificio Jardines Fray de León, en Las Condes.

Según la causa, la administra­ción del edificio había acordado, en marzo pasado, multar a los dueños de departamen­tos que dispusiera­n sus inmuebles para arriendos a través de la plataforma Airbnb, las que irían desde 25 hasta 100 UF, en caso de reincidenc­ia.

El fallo indica que “el denominado­r común que subyace en todas esas hipótesis, es la proscripci­ón de utilizar los departamen­tos para su uso transitori­o por terceras personas”, lo que iba en la línea del reglamento del edificio, el que señala que no está permitido utilizar los departamen­tos como apart hotel o en arriendo por horas.

El fallo de la Corte, además, señala que “esas formas de arrendamie­nto tienden a transforma­r un edificio esencialme­nte privado en otro de acceso casi público”.

Hasta octubre del año pasado, las propiedade­s ofertadas en Airbnb representa­ban un tercio del total de los alojamient­os disponible­s en Santiago.b

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► Las administra­ciones de los edificios podrían seguir multando a propietari­os que usen Airbnb.

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