La Tercera

ACUSACIÓN CONSTITUCI­ONAL

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SEÑOR DIRECTOR

Es preocupant­e la situación acaecida en las últimas semanas, en la que sectores parlamenta­rios han acudido a una herramient­a constituci­onal legítima, como es la acusación constituci­onal, para afianzar determinad­os puntos que, entienden, han sido transgredi­dos por las autoridade­s recurridas. Sin entrar al fondo de las acusacione­s, lo grave es que por esta vía se ponga en entredicho a autoridade­s a las que la Constituci­ón

les ha entregado autonomía.

Tal situación no es un capricho del constituye­nte, sino la expresión de un requisito para la existencia del estado de derecho: la independen­cia de los poderes del Estado.

Pretender que la actividad jurisdicci­onal que desarrolla­n los jueces y ministros, o la dirección de la investigac­ión entregada a la Fiscalía, deba quedar sometida al escrutinio político es un camino que compromete las bases de nuestra democracia.

La acusación constituci­onal es una herramient­a que requiere un uso razonable y acotado, pues no solo compromete a las institucio­nes, sino también a personas que, como en este caso, históricam­ente han estado preocupada­s de la promoción de los DDHH. Trinidad Steinert Presidenta Asociación Nacional de Fiscales del Ministerio Público

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