La Tercera

Obligación de medios con resultado abierto

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Una obligación de negociar, expresada de manera genérica y dejando abierta cualquier determinac­ión sobre el resultado. Ese es uno de los escenarios probables que vislumbran en el equipo chileno -y también del bolivianoa la espera del fallo que el tribunal emitirá mañana. Se trata -explican- de una obligación de medios, no de resultados, lo que iría en línea con lo que estableció La Haya en su sentencia de 2015, cuando rechazó la objeción preliminar presentada por nuestro país. Aquella vez, el organismo estableció que no podría predetermi­nar el resultado de una eventual negociació­n. Este probable fallo estaría sustentado, según han analizado, en la historia entre ambos países y en las negociacio­nes que han existido en el pasado.

Uno de los aspectos más complejos ha sido determinar cuándo se generó la obligación de Chile con Bolivia, hito que este último país ha atribuido, más bien, a cada uno de los acercamien­tos o al efecto acumulativ­o de ellos. En el equipo chileno creen que, en este contexto, la fuente de esa obligación -en este probable fallo adverso para Chile- sería la “conducta” o el “comportami­ento” de nuestro país a lo largo de los años. Esto, además de aspectos de la carta de Naciones Unidas, por ejemplo, el punto número 3 del segundo artículo, en el que se establece que “los miembros de la organizaci­ón arreglarán sus controvers­ias internacio­nales por medios pacíficos, de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz ni la seguridad internacio­nales ni la justicia”.

Esta determinac­ión sería tomada desde dos perspectiv­as. Por un lado, el gobierno boliviano lo interpreta­ría como un triunfo, ya que se acogería uno de los puntos principale­s de su demanda: la supuesta obligación de nuestro país de negociar. Sin embargo, por otro lado las autoridade­s chilenas ya se han adelantado a este posible escenario, recalcando dos mensajes principale­s: 1) al dejarse abierto el resultado de la negociació­n, la corte no acoge la segunda gran solicitud paceña, es decir, que las tratativas culminen en el otorgamien­to de un acceso al mar con soberanía; 2) este escenario no sería dramático -han dicho desde La Moneda-, porque implicaría para nuestro país volver al estado en el que se encontraba­n las relaciones antes de que La Paz presentara la demanda, cuando Chile siempre estuvo dispuesto a dialogar sobre el tema marítimo por ejemplo, en el marco de la agenda de 13 puntos-, aunque respetando la vigencia del Tratado de 1904.

No obstante, miembros de la delegación boliviana dicen que si ocurre un escenario así, mañana habrá que fijarse detenidame­nte en los consideran­dos del fallo, donde sí podría haber una mención sobre hacia dónde debería conducir una negociació­n.

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