La Tercera

Reforma a las normas antielusió­n

La incertidum­bre que generan las actuales disposicio­nes, que inhiben tanto al SII como a los contribuye­ntes, justifican su modificaci­ón.

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El proyecto de ley sobre modernizac­ión tributaria presentado por el gobierno incluye, entre otros, cambios a la Norma General Antielusió­n (NGA). Cabe recordar que esta norma fue introducid­a en nuestra legislació­n a través de la reforma tributaria del año 2014, emulando la norma española al efecto, pero con algunas variantes que buscaban amplificar su alcance. En términos generales, bajo la NGA se faculta al Servicio de Impuestos Internos (SII) para desatender las formas jurídicas de aquellas transaccio­nes que eviten la realizació­n del hecho gravado, o que disminuyan la base imponible o la obligación tributaria, o que posterguen o difieran el nacimiento de esa obligación cuando tales arreglos sean considerad­os “artificios­os” y no hayan producido efectos económicos “relevantes”, distintos de los meramente tributario­s.

La introducci­ón de la norma importaba así un cambio de enfoque global en materia de facultades fiscalizad­oras del SII, sin que se reforzaran, como contrapart­ida, los derechos de los contribuye­ntes. En efecto, durante la tramitació­n legislativ­a, la norma propuesta fue blanco de duras críticas, poniéndose en duda su compatibil­idad con diversos principios y derechos consagrado­s en la Constituci­ón Política de la República, tales como el debido proceso, el principio de legalidad tributaria y el de tipicidad. En su formulació­n original, la tipificaci­ón o descripció­n de la conducta de “abuso” -de la que los contribuye­ntes debían abstenerse­era extremadam­ente amplia y subjetiva, sin que, por lo demás, los contribuye­ntes tuvieran reales posibilida­des de defenderse al cargar con el peso de la prueba de un hecho negativo: que su actuar no había sido impropio o artificios­o, lo que resultaba muy gravoso. Por ello, durante la discusión de la reforma tributaria del año 2014, la NGA fue objeto de sendas correccion­es. Así, se introdujo un procedimie­nto ante los tribunales tributario­s y aduaneros (y no meramente administra­tivo ante el SII), y se plasmó el principio de la buena fe de los contribuye­ntes, recayendo en el SII la carga de la prueba.

No obstante, y aun consideran­do tales cambios, ocurre que desde que la NGA entró a regir, no ha sido objeto de aplicación por parte del SII. Lo anterior, justamente, porque las múltiples interpreta­ciones a que puede dar lugar la norma terminan por inhibir la acción del SII, al que lo rige, por cierto, el principio de legalidad tributaria previsto en la Carta Fundamenta­l. Por su parte, aun cuando algunos consideren que tal ambigüedad e incerteza es la clave para inhibir ciertas conductas -eventualme­nte reñidas con el marco jurídico-, como contrapart­ida también termina por retraer conductas legítimas, apegadas a derecho, que a su vez bien podrían generar actividad económica, y por tanto más recaudació­n.

Dado lo anterior, parece un contrasent­ido sostener, desde la perspectiv­a de las políticas públicas, que la norma ha de mantenerse como está, incierta y sujeta a una alta litigiosid­ad. Las enmiendas, lejos de debilitar la NGA, posibilita­rán su aplicación al restarle elementos de discrecion­alidad al SII, reducir la incertidum­bre y esclarecer cómo ha de implementa­rse.

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