La Tercera

LAS DESVENTAJA­S DE LA REFORMA A LOS NOTARIOS

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SEÑOR DIRECTOR

Me llama la atención la opinión expresada en el editorial de su diario, en el cual se respalda la reforma al sistema notarial propuesta por el gobierno, sin reparar en varios puntos que podrían producir graves perjuicios a la seguridad jurídica que garantizan los notarios.

El proyecto del Ejecutivo reconoce que el sistema notarial y registral chileno “ha constituid­o un pilar fundamenta­l de seguridad en el tráfico jurídico”; y que la actividad económica y el comercio requieren de mayor dinamismo, flexibilid­ad y eficiencia, pero “manteniend­o niveles de certeza jurídica”.

No se entiende, entonces, que el gobierno introduzca una figura extraña y desconocid­a para nuestro sistema jurídico: los “fedatarios”, cuya falta de independen­cia y nula fiscalizac­ión provocan legítimas dudas.

El proyecto del Ejecutivo no evalúa el riesgo de que los fedatarios sean coap- tados por los operadores económicos, en especial el retail, y que terminen trabajando para ellos. Si cualquier abogado con apenas cinco años de titulación puede ser fedatario no existirían inconvenie­ntes para que una empresa tenga su propio fedatario interno que certifique libremente sus documentos.

¿Quién garantiza, entonces, la seguridad jurídica que ha sido pilar fundamenta­l del sistema notarial?

Generalmen­te, la discusión de estos temas está teñida por la visión de lo que sucede en Santiago. No se considera que, especialme­nte en las zonas extremas, rurales y con menos recursos, los notarios actúan como orientador­es y configurad­ores de instrument­os jurídicos, realizando muchos trámites de manera gratuita y dando un valioso servicio público a la comunidad.

Fidel García

Abogado

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