Condenan a servicio de salud por no detectar un cáncer
En un fallo unánime, la Tercera Sala de la Corte Suprema condenó al Servicio de Salud Metropolitano Central a pagar $ 15 millones por un “diagnóstico y tratamiento tardíos de cáncer de mama”.
El caso afectó a Adriana Catalán, quien a principios de 2010 acudió al Centro de Salud Familiar de la comuna de Maipú, momento en que, según el tribunal, “efectivamente, la paciente, después de la primera consulta realizada ante el centro de salud de atención primaria, evidenció un hallazgo compatible con una mastopatía calificada de moderada a severa, a pesar de lo cual se postergó el control médico necesario hasta el mes de julio”, de ese año.
Luego fue atendida por una matrona, control en el que solo revisaron los “los exámenes practicados en diciembre del año anterior ecotomografía mamaria-, posponiéndose la realización de un nuevo control para mayo de 2011, vale decir, dentro de un año”.
La resolución señala que la paciente evidenció una evolución negativa en noviembre de 2010, lo que fue advertido por un médico particular, quien, tras realizar los exámenes correspondientes, le diagnosticó cáncer en la mama derecha, lo que obligó a “la intervención quirúrgica de la paciente, para extirpar por completo el seno afectado”.
Según el máximo tribunal, se estableció que “resulta incomprensible e inexcusable que no obstante constarse la deficiente evolución de la paciente no se brindara la atención médica adecuada durante un periodo prolongado”.
Se indicó también que “la situación fáctica descrita (...) admite tener por establecidos una serie de hechos que, en su conjunto, permiten tener por configurada la falta de servicio consagrada normativamente en el artículo 38 de la Ley N° 19.966, pues claramente el Servicio de Salud Metropolitano Central, a través de su red de salud, no otorgó a la usuaria la atención de salud requerida de manera eficiente y eficaz”.b