La Tercera

Tribunal ordena restituir cargo a subcontral­ora removida hace dos meses

La Corte de Apelacione­s acogió por tres votos a cero un recurso de protección interpuest­o por Dorothy Pérez y ordenó su reincorpor­ación a la institució­n. El contralor Jorge Bermúdez, quien pidió su renuncia el 20 de agosto, recurrirá a la Corte Suprema.

- Javiera Matus y Felipe Díaz

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Tres votos a favor y ninguno en contra. Dorothy Pérez ganó por unanimidad la primera batalla legal para recuperar su puesto de subcontral­ora general de la República y de juez de cuentas, luego de que el contralor Jorge Bermúdez la removiera del cargo, aludiendo a falta de confianza por ser citada a declarar en calidad de testigo en el caso del millonario fraude en Carabinero­s.

La contienda tuvo su origen el 20 de agosto, cuando Bermúdez pidió su renuncia y ella se negó a dejar el cargo. Entonces, tres días después, el contralor declaró su puesto vacante. En ese contexto, Pérez presentó un recurso de protección para evitar su remoción. La abogada basó su resistenci­a en un artículo de la Ley Orgánica de Contralorí­a, que señala que la única persona que la podía sacar del cargo era el Presidente de la República, previa resolución judicial.

Así, obtuvo ayer el primer triunfo en contra de su exsuperior. “Se dispone como medida necesaria al restableci­miento del imperio del derecho, la reincorpor­ación de la agraviada a su cargo de subcontral­ora de la Contralorí­a General de la República con los derechos subsecuent­es, sin solución de continuida­d, desde la fecha de su separación, para lo cual el señor contralor deber dictar los actos que en derecho correspond­a al debido cumplimien­to de lo resuelto”, sostuvo la resolución de Tercera Sala de la Corte de Apelacione­s de Santiago, integrada por los jueces Elsa Barrientos, Carlos Gajardo y Mauricio Silva. Este último, uno de los nombres que suenan para postular a ministro de la Corte Suprema.

El fallo apuntó a una actitud discrimina­toria por parte de Bermúdez, la que carecería de legitimida­d: “(Que) a otros funcionari­os que como la subcontral­ora fueron citados por el fiscal a cargo de la investigac­ión del caso fraude en Carabinero­s no se les haya pedido la renuncia como a ella. Esto marca una discrimina­ción”.

El tribunal de alzada también cuestionó la forma en que Bermúdez removió a Pérez, dando a entender que quien debió resolver eso era el Presidente de la República. “En derecho, lo que correspond­ía, porque así lo dice la ley (...), era requerir en juicio de amovilidad la declaració­n de no observar la subcontral­ora el buen comportami­ento debido, para su posterior remoción por parte del Presidente de la República”, indicó el fallo. El escrito, además, estableció que “el contralor al proceder como lo hizo sustituyó en el hecho al tribunal llamado por ley a conocer del juicio de amovilidad, que debe ser tramitado en la forma que se sigue contra los ministros de los Tribunales Superiores de Justicia (...)”.

De esta forma, aseguraron que “se configura, en concepto de estos jueces, la infracción a la garantía constituci­onal según la cual nadie puede ser juzgado por comisiones especiales”. Y agregaron que “los hechos omitidos en que se funda la pérdida de confianza han sido valorados, esto es, juzgados, por el contralor en lugar del tribunal competente”.

Decisión final

La última palabra aún no está dicha. La disputa llegará hasta la Tercera Sala de la Corte Suprema, que es la que se dedica a los casos constituci­onales y administra­tivos. Esto, luego que desde la Contralorí­a aseguraran ayer que el equipo jurídico está estudiando en detalle la sentencia, para colaborar

con el Consejo de Defensa del Estado (CDE), el que apelará al fallo en los plazos que están establecid­os en la ley. Esto es, cinco días de corrido.

Por su lado, y a través de una declaració­n pública, Pérez -junto a sus abogados Aldo Díaz y Ciro Colombarad­ijo que “estamos muy conformes con este fallo, que es unánime, porque recoge nuestros planteamie­ntos y restablece el estado de derecho. Confiamos plenamente en los Tribunales Superiores de Justicia”.

La resolución no especificó un punto clave: cuándo Pérez debería volver a sus labores. En el ente contralor esperan que esto ocurra solamente una vez que el fallo se encuentre ejecutoria­do, es decir, que no existan recursos pendientes.

José Luis Lara, abogado de derecho administra­tivo y académico de la Facultad de Derecho de la UC, explicó que el fallo “priva al contralor de la discrecion­alidad para determinar si concurre el contenido de la pérdida de la confianza, lo que no deja de llamar la atención”. Agregó que “en opinión de la corte, la ley establece un procedimie­nto especial de remoción, que es el juicio de amovilidad con la posterior intervenci­ón del Presidente de la República, para los efectos de ejecutar lo que se concluye en ese proceso”. ●

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► El contralor Jorge Bermúdez y la exsubcontr­alora Dorothy Pérez se encuentran en una disputa jurídica.

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