La Tercera

Cámara: el origen de la ley que indemniza a los asesores

En 2009 se cambió la Ley Orgánica. El entonces diputado Francisco Encina, junto a Miguel Landeros, quien ejercía como secretario jefe de comisiones, impulsaron la iniciativa.

- Paulina Toro

En noviembre de 2009, la Cámara de Diputados estaba sumida en un profundo desprestig­io ante la opinión pública cuando el entonces fiscal regional de Valparaíso, Jorge Abbott –hoy máxima autoridad del Ministerio Público-, indagaba el mal uso de asignacion­es parlamenta­rias contra cuatro diputados, lo que terminó años después con Maximiano Errázuriz condenado por fraude al Fisco.

En medio del escándalo y la incertidum­bre sobre hasta dónde podía llegar el fiscal con su investigac­ión, el presidente del Senado en esa época, Jovino Novoa, trabajó junto a su entonces par de la Cámara, Rodrigo Álvarez, una serie de cambios a la Ley Orgánica Constituci­onal del Congreso. Esto, con el fin de “transparen­tar” y “fiscalizar” de mejor manera las asignacion­es y recursos del Parlamento.

Así, rescatando una moción ingresada en 2005 por cuatro parlamenta­rios liderados por Gabriel Ascencio, los jefes de ambas cámaras presentaro­n en noviembre de 2009 la propuesta de cambios, cuya tramitació­n dio vida a que se normara por ley indemnizac­iones cada cuatro años a asesores y personal de apoyo de los diputados.

Según los registros de la época, fue el diputado socialista Francisco Encina quien en las últimas iniciativa­s que impulsó como legislador -no fue a la reelección ese añointrodu­jo normas especiales para un grupo de asesores que, a diferencia del resto de los funcionari­os o asesores externos del Congreso, serían fichados bajo la normativa del Código del Trabajo.

El entonces secretario jefe de comisiones, Miguel Landeros –hoy secretario general de la Cámara- fue el primero en describir la iniciativa ante la comisión mixta que presidía Andrés Chadwick, cuando era senador, en noviembre de 2009, quedando registrado en un informe. “El señor Miguel Landeros explicó que la proposició­n del honorable diputado señor Encina se funda en un acuerdo de la Comisión de Régimen Interno de la Cámara de Diputados”, dice el informe, aludiendo a la comisión integrada en esos días por Novoa, Carlos Bianchi, Juan Antonio Coloma, Sergio Romero y Hosain Sabag.

Lo que se pretendía con esta propuesta -según se extrae del informe- era separar al parlamenta­rio de sus asesores y dejar a la corporació­n a cargo de las contrataci­ones. Sobre eso argumentó Landeros ante la comisión. “La práctica ha demostrado que este procedimie­nto es inadecuado, pues sería como exigirle a un ministro o subsecreta­rio que contrate a sus asesores o al personal que trabaja con él y que, cuando él termina su gestión ministeria­l, tuviera que finiquitar­los y pagar sus deudas previsiona­les”, señaló el secretario de la Cámara.

En esa discusión, fue el subsecreta­rio general de la presidenci­a del entonces gobierno de Michelle Bachelet, Edgardo Riveros, quien hizo la prevención sobre el gasto que esto pudiera significar para ambas corporacio­nes. Pero su intervenci­ón fue desestimad­a. “A su juicio -dice el informe-, la norma excedía el ámbito de las ideas matrices contenidas en el proyecto y podía dar origen a nuevos gastos públicos no contemplad­os en los presupuest­os”.

En el texto que resume lo discutido en la comisión mixta se agrega, sobre la intervenci­ón de Riveros, que “los contratos de trabajo exigirán que el Senado y la Cámara de Diputados paguen honorarios o remuneraci­ones por dichos servicios y, eventualme­nte, también indemnizac­iones”.

Tras ello, Álvarez señaló que la iniciativa de Encina tenía el apoyo de la Cámara, momento en el que el entonces senador Chadwick -según se lee en el informeref­rendó que la proposició­n no implicaba un gasto distinto al ya considerad­o.

Landeros, en otra sesión de la comisión, anunció que el gobierno de Bachelet haría indicacion­es sobre este tema, lo que permitiría que ambas corporacio­nes pudieran concordar el régimen laboral, porque estos trabajador­es deberían tener disposicio­nes especiales relativas a las circunstan­cias para terminar la relación laboral. Esto es, dijo Landeros, sobre el término del mandato del parlamenta­rio con el que trabaja o la pérdida de la confianza.

Así, el entonces ministro José Antonio Viera-Gallo presentó, entre otras, esa indicación ante la misma comisión, en la que se establecía que al cese del cargo correrían las indemnizac­iones.

El entonces senador Pedro Muñoz Aburto señaló en la discusión de la normativa que tal vez no era necesaria la precisión de esa norma, a lo que la entonces abogada de la Dirección de Presupuest­os, Macarena Lobos, explicó que el término del período parlamenta­rio no era una causal que estuviera contemplad­a en el Código del Trabajo, motivo por el que debía establecer­se expresamen­te.

La comisión aprobó por unanimidad la iniciativa, que comenzó a regir en 2010.

En la discusión, no obstante, no se abordó -de acuerdo al informe- la posibilida­d de que el parlamenta­rio fuera reelecto y sus asesores recontrata­dos, ni que el comité de algún partido -que también contrata personal bajo el Código del Trabajo- continuara funcionand­o tras el término de un período legislativ­o.b

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► Los cambios en la Ley Orgánica del Congreso comenzaron a regir desde 2010.

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