Producción académica
Crecientemente, el trabajo de los académicos se somete a estándares y mediciones mucho más precisos y exigentes. Hoy es común pedirles publicar en las llamadas revistas indexadas, lo que permite contar con una métrica común para medir su productividad y, al mismo tiempo, provee una suerte de control de calidad de su trabajo. Ello porque para ser admitido un texto para publicación en una de esas revistas, debe superar una evaluación ciega entre pares, siendo desechados los que no superan un cierto estándar.
Hasta ahí esto suena bien. Pero hay varios problemas que se presentan, sobre todo en el área del derecho. Por lo pronto, allí las revistas indexadas son relativamente pocas, la gran mayoría son extranjeras, tardan mucho en publicar los textos y responden a intereses privados.
En Chile, prácticamente, el monopolio de las revistas indexadas lo concentra la Web of Science (WOS), perteneciente a la empresa Thomson Reuters. Es allí donde en principio deben publicar los investigadores que quieran adjudicarse un proyecto Fondecyt, no calificando ahora las revistas de la plataforma SciELO, impulsadas por más de 20 años por el propio Conicyt. Por su parte, las universidades, que son ranqueadas a partir de estos mismos índices, también presionan o incentivan a sus profesores a publicar allí. Pues bien, en el área de las ciencias jurídicas, actualmente, solo la Revista Chilena de Derecho se encuentra incorporada al catálogo WOS.
El que estas revistas constituyan un negocio privado, pagado y más encima con alta rentabilidad (margen superior al 30%), genera el contrasentido de que el Estado no solo debe financiar la producción científica, sino además debe subsidiar la compra de suscripciones a ellas. Conicyt invierte en esto más de $ 9.500 millones al año; es decir, debe pagar para que las universidades puedan acceder a los trabajos que el mismo Estado financió. Este absurdo ha motivado a 12 países europeos a exigir que, desde el 2020, los resultados de las investigaciones hechas con sus recursos deban ser publicados en revistas o plataformas de acceso abierto.
Pero los problemas no terminan ahí. Forzar a los investigadores a publicar en este tipo de revistas ha terminado generando una producción académica endogámica, con severos riesgos de intrascendencia. Los académicos que quieren que sus textos sean aceptados deben escribir en función de lo que los revisores aprecian, es decir, los profesores les escriben a otros profesores. De allí que el impacto público del trabajo académico se vea severamente resentido.
Nuevamente pensando en el área del derecho, ni los jueces, ni los legisladores ni los abogados litigantes leen –por lo general– revistas indexadas. La paradoja es que mientras más conocimiento nuevo financiamos y generamos gracias al trabajo académico, menos impacto pareciéramos lograr con él, y ahí la indexación tiene parte de la culpa.