La Tercera

FUGAS EN CASO LUCHSINGER MACKAY

Es grave que distintas institucio­nes del Estado no hayan sido capaces de lograr que dos de los culpables cumplan condena.

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Constituye un hecho de la máxima gravedad que dos de los condenados por el crimen del matrimonio Luchsinger Mackay -los primos Luis Tralcal Quidel y José Tralcal Coche- se encuentren prófugos, pese a que se trata de una condena dictada por la Corte Suprema y sobre la que ya no quedan recursos pendientes. Además de la irregulari­dad que representa esta situación, el que los distintos organismos del Estado involucrad­os en este bochorno -principalm­ente Poder Judicial y las policías- den la impresión de que eluden su responsabi­lidad deja en evidencia una preocupant­e descoordin­ación o, lo que podría ser más grave aún, una manifiesta desidia para hacer cumplir los fallos.

El riesgo de que se produjera una fuga era perfectame­nte previsible, a la luz de los antecedent­es acopiados a lo largo del extenso proceso del caso Luchsinger. Luego de que la sentencia original del Tribunal Oral en lo Penal de Temuco fuera anulada por graves irregulari­dades, un segundo juicio encontró culpables a los Caltral, condenándo­los a cadena perpetua. El tribunal incluso estimó que se configuró un delito terrorista, lo que da cuenta de la gravedad de los hechos. Si bien posteriorm­ente la Corte Suprema -al conocer un recurso de nulidad- eliminó el carácter terrorista y redujo la condena de ambos comuneros, les impuso una condena de 18 años.

La gravedad de los cargos habría sido motivo más que suficiente para que los tribunales dictaminar­an ya en el segundo fallo una prisión preventiva hasta que la Corte Suprema resolviera los recursos pendientes, optando en cambio por medidas cautelares más leves, que fueron fácilmente quebrantad­as. El riesgo de fuga de Tralcal Coche era todavía más previsible consideran­do que Tralcal Quidel se encontraba prófugo desde hacía varios meses, antecedent­e que los tribunales no parecieron tomar en considerac­ión.

Frente a lo sucedido, representa­ntes del Poder Judicial han hecho ver que la responsabi­lidad de vigilar el cumplimien­to de las medidas cautelares correspond­e a las policías, mientras que éstas han retrucado que no pueden actuar sino hasta que se cuenta con la respectiva orden de los tribunales, la que en este caso habría llegado con desfase. En este contexto, es acertado que el gobierno haya iniciado un sumario en las policías para determinar eventuales responsabi­lidades, y que también haya hecho ver al Poder Judicial la inconvenie­ncia de que no se haya dictado una prisión preventiva en su momento.

Sin perjuicio de que las responsabi­lidades por estas fugas están en proceso de determinac­ión, es probable que la principal causa esté en las débiles medidas cautelares dictadas en su oportunida­d, por lo que resulta indispensa­ble conocer qué evaluación existe desde la superiorid­ad del Poder Judicial respecto de los criterios aplicados en este caso, y si cabe revisar los procedimie­ntos.

Este lamentable hecho debe ser también una oportunida­d para abrir un debate sobre la normativa que regula las medidas cautelares, la que deja amplio espacio a la discrecion­alidad de los tribunales para efectos de determinar cuándo una persona representa un peligro para la sociedad o existe riesgo de fuga. Parece razonable que cuando se trata de crímenes especialme­nte graves, donde se arriesga una elevada condena, los criterios sean especialme­nte estrictos.

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