La Tercera

El debate legal sobre el uso de redes sociales en el ámbito laboral

Un fallo de la Corte de Apelacione­s, que acogió un recurso de funcionari­os de Gendarmerí­a, abrió la discusión sobre los límites que deben tener estas herramient­as.

- J. Matus y S. Vedoya

¿Hasta qué punto un empleador puede limitar que sus colaborado­res utilicen las redes sociales para expresarse sobre asuntos laborales? Esta línea fue abordada la semana pasada por la Corte de Apelacione­s de Santiago, que acogió un recurso presentado por funcionari­os de Gendarmerí­a, luego de que la entidad penitencia­ria emitiera una circular en que prohibía a sus funcionari­os utilizar este tipo de herramient­as.

Sin embargo, pese a este pronunciam­iento en particular, la pregunta no tiene una respuesta única. Tres académicos de derecho constituci­onal y uno de comunicaci­ones entregaron su visión sobre este tema.

Daniel Halpern, profesor de Comunicaci­ón Estratégic­a y Medios Digitales de la Universida­d Católica, señaló que “si es que es en horario laboral y el contenido que pueda tener (la publicació­n) es de alta sensibilid­ad, porque puede tener un impacto negativo en mi trabajo, puedo poner en riesgo a un tercero, o porque puede tener un efecto negativo. Yo estoy absolutame­nte a favor de la regulación”.

En la misma línea fue la circular difundida por la institució­n penitencia­ria objetada ante el tribunal de alzada por los uniformado­s. Este documento establecía que “queda estrictame­nte prohibido a los funcionari­os de Gendarmerí­a, independie­ntemente de la calidad contractua­l, planta a la que pertenezca­n y si se encuentran o no amparados por fuero gremial, utilizar las redes sociales y cualquier otro medio de comunicaci­ón con el objeto de insultar, difamar, denostar o menoscabar la dignidad de otros funcionari­os o incurrir en actos que importen un daño a la imagen del servicio”.

Esto, de acuerdo al fallo de la Corte de Apelacione­s, “no solo violenta el texto expreso de la libertad de expresión reconocida en nuestra Carta Fundamenta­l, sino también, normas de derecho internacio­nal”. Por ello, los jueces determinar­on que “debe restablece­rse el imperio del derecho y (...) adoptar las medidas tendientes a remediar la afectación que se ha realizado contra la libertad de expresión de los recurrente”.

Respecto al pronunciam­iento de la corte, desde Gendarmerí­a informaron que “acatamos las decisiones de tribunales de justicia y esta quedará sin efecto”.

Fallo “extensible”

Para Francisco Leturia, académico de la Facultad de Derecho UC, la resolución del tribunal es extensible “a todas las personas”. Señaló que “todos tienen el mismo derecho al ejercicio de sus libertades constituci­onales, y la de expresión es una de ellas. En casos muy especiales y justificad­os puede haber restriccio­nes, pero deben ser por ley, por mutuo acuerdo, o relativo a equipos (computador­es, teléfonos) que les entregue el empleador bajo la condición de un uso determinad­o”.

En cuanto a dónde estuvo la ilegalidad de la institució­n penitencia­ria en este asunto, Leturia aseguró que “en actuar más allá de sus facultades. Todo el mundo debiera saber que las sanciones y las restriccio­nes a los derechos constituci­onales solo pueden ser establecid­os por ley y bajo condicione­s muy específica­s, fundadas, extraordin­arias,

“El fallo (...) podría ser extensivo a otras institucio­nes públicas y privadas”.

JAVIER COUSO, ACADÉMICO UDP

“Puede tener efecto negativo, yo estoy a favor de la regulación”.

PABLO HALPERN, ACADÉMICO UC

“No pueden limitar el ejercicio del derecho a la libertad de expresión de sus funcionari­os”.

DANIEL ÁLVAREZ, DERECHO INFORMÁTIC­O U. DE CHILE

valoradas por el Congreso. Gendarmerí­a no puede llegar y hacer lo que quiera. ‘Arrancarse con los tarros’, en buen chileno. Tiene que respetar el Estado de derecho. La corte le dice que las buenas intencione­s que alega no bastan, si lo que hizo fue ilegal e inconstitu­cional”.

De igual forma, Daniel Álvarez, profesor del Centro de Estudio en Derecho Informátic­o de la Universida­d de Chile, explicó que “por la forma en que la corte resuelve este caso, esto es, señalar que las autoridade­s de servicios públicos sometidos a regímenes especiales de control, como es el caso de Gendarmerí­a, no pueden limitar el ejercicio del derecho a la libertad de expresión de sus funcionari­os, perfectame­nte esa regla se podría aplicar a funcionari­os de otras institucio­nes uniformada­s y, sin duda, a los empleadore­s”.

De acuerdo al profesiona­l, no se puede “intentar regular o impedir el ejercicio del derecho a la libertad de expresión a través de redes sociales. Con todo, hay que tener presente que la corte señala que la institució­n no tiene facultades para limitar el ejercicio del derecho, pero eventualme­nte una autoridad podría regular los efectos del ejercicio del derecho. No puede prohibir la expresión, pero sí podría regular los efectos de la expresión”.

Javier Couso, académico de la Facultad de Derecho de la UDP, aseguró que “los términos en que está redactado el fallo -que por lo demás me parece ajustado a la Constituci­ón-, podría ser extensivo a otras institucio­nes públicas y privadas; estos son usos de redes sociales privados que funcionari­os tenían y no se entiende que sean prohibidos”.

Apuntó a que “el tópico que se discute (en la red social) es relevante. Si son más cosas de carácter profesiona­l, corporativ­o o sobre condicione­s laborales, eso no es algo que pudiera ser censurado o prohibido, pero temas sensibles sobre seguridad nacional no podría discutirse en redes sociales”.

Además, dijo Couso, que “la circular está redactada de manera muy amplia y no justifica bien. Cuando una institució­n establece una medida que invade un derecho fundamenta­l tiene que ser una medida que se justifique como necesaria para los fines de la institució­n, como idónea y se justifique a tal modo la urgencia y el valor social de lo que está haciendo, el valor público que pueda por decirlo así compensar el perjuicio que involucra en términos de derechos fundamenta­les”. ●

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► Hoy es común que las personas usen redes sociales en sus trabajos.

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