La Tercera

Gobierno admite al TC que reglamento de aborto afecta objeción

El Ejecutivo envió el viernes un documento con observacio­nes al requerimie­nto de Chile Vamos. Texto es firmado por Piñera y los ministros de la Segpres y de Salud. En 40 páginas se plantea, entre otras cosas, que existiría una “limitación al derecho de a

- Paula Catena e Isabel Caro

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El viernes, pasadas las 21.00, el gobierno hizo llegar al Tribunal Constituci­onal (TC) el escrito con las observacio­nes solicitada­s ante el requerimie­nto de inconstitu­cionalidad que presentaro­n senadores y diputados de Chile Vamos sobre el reglamento para la aplicación de la objeción de conciencia en materia de aborto, el que fue dictado por el Ministerio de Salud el 29 de junio.

El texto —al que tuvo acceso La Tercera— tiene 40 páginas y está firmado por el propio Presidente Sebastián Piñera y los ministros de la Segpres y de Salud, Gonzalo Blumel y Emilio Santelices, respectiva­mente. Y contiene una introducci­ón y está dividido en cinco capítulos, donde, entre otras materias, se explica por qué se elaboró el reglamento.

Respecto al origen de este, se argumenta que se elaboró porque la Contralorí­a objetó el protocolo que hicieron en reemplazo al de la administra­ción anterior y porque ese organismo emitió un decreto en el que se establece que “los establecim­ientos privados de salud, que hayan suscrito convenios regidos por las disposicio­nes del Decreto con Fuerza de Ley N° 36, de 1980, del Ministerio de Salud, no podrán ser objetores de conciencia cuando contemplen prestacion­es de obstetrici­a y ginecologí­a que por su naturaleza comprendan atenciones en pabellón”. Y se añade que “el contralor interpreta la normativa vigente, señalando limitacion­es al ejercicio del derecho de objeción de conciencia (...) desechando los argumentos esgrimidos por el gobierno, a través del Ministerio de Salud”.

Así, el escrito del gobierno enviado el viernes al Tribunal Constituci­onal recalca que, por esa razón, “el Ministerio de Salud dictó el reglamento”.

Además, en las conclusion­es del texto del Ejecutivo se plantea que el reglamento “afectaría el derecho de objeción de conciencia, entendida como una expresión de la libertad de conciencia consagrada en la Constituci­ón, impidiendo plenamente su ejercicio”. Esto, porque se argumenta que “la objeción de conciencia consiste en el rechazo a una práctica o deber que pugna con las más íntimas conviccion­es de la persona y es, precisamen­te, una manifestac­ión de la libertad de conciencia asegurada en nuestra Constituci­ón, en su artículo 19 N° 6”.

En el escrito también se considera la importanci­a del “reconocimi­ento y protección por parte de la Administra­ción del Estado del derecho de asociación y la autonomía de los cuerpos intermedio­s”, señalándos­e que son “fundamenta­les en la configurac­ión de nuestra sociedad”.

Este último planteamie­nto va en línea con los requerimie­ntos presentado­s por los parlamenta­rios de Chile Va- mos.

Asimismo, en el documento de La Moneda se enfatiza que “la protección al derecho de asociación que la Constituci­ón asegura a todas las personas, se materializ­a en el reconocimi­ento y protección por parte del Estado de los grupos o cuerpos intermedio­s y la autonomía de estos para autodeterm­inarse”.

En ese sentido, y también en sintonía con el requerimie­nto presentado por los parlamenta­rios del oficialism­o, se afirma que el nuevo reglamento “supondría establecer una limitación al derecho de asociación y autonomía de grupos intermedio­s reconocido­s constituci­onalmente”. Esto, porque, a juicio del Eje- cutivo, se “condiciona el ejercicio de la objeción de conciencia a no celebrar convenios con los servicios de salud en los términos ya referidos”.

Con el ingreso de este escrito al TC, La Moneda profundiza un poco más respecto del reglamento que tuvieron que elaborar a partir del decreto de Contralorí­a.

Hasta la fecha, las autoridade­s del Ejecutivo se habían limitado a decir públicamen­te que no “comparten” el dictamen, pero que lo acatan, sin profundiza­r mayormente en su postura y en el propio reglamento que tuvieron que elaborar.

Finalmente, en el texto el gobierno le pide al Tribunal Constituci­onal que falle en su mérito.b

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►Los ministros Emilio Santelices (Salud) y Gonzalo Blumel (Segpres).

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